El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Vigo ha desestimado la demanda interpuesta por un profesor de gimnasia de un Centro Educativo de Infantil y Primaria (CEIP) contra la Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia, al entender que no se le habían resuelto de forma “expresa” las cuestiones que había planteado a propósito de los cuidados y atenciones que debía seguir frente a un alumno que padecía diabetes.
El Juez indica que las cuestiones fueron debidamente contestadas, además de recordar al docente que “el contenido de los deberes de todos los que conforman la comunidad educativa en relación con los alumnos que padecen una patología crónica como es la diabetes, aparece nítidamente reflejado en el protocolo autonómico y en el específicamente elaborado en relación al niño”. De paso le recuerda las consecuencias civiles, penales y disciplinarias que puede tener una actitud ineficiente o una inacción por su parte frente a una urgencia sanitaria, advirtiéndole así mismo que el riesgo de sufrir hipoglicemia es alto al realizar ejercicio, y que él tiene un deber de vigilancia todavía mayor al ser profesor sobre el menor. [Kirian Riquelme Saldivia].
Fuente: Comunicación Poder Judicial.
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