El Pleno del TC declara nulo e inconstitucional el apartado 65 del artículo único de la Ley 10/2014 de Salud de la Comunidad Valenciana, ya que obliga de modo expreso a la Generalitat Valenciana por medio de la Consejería en materia de sanidad a colaborar con universidades de titularidad pública. Esto se considera una vulneración del art.149.1 apartados 16 y 30 CE ya que contraviene los arts. 104 LGS y 11 y 12 de la LOPS.
La normativa estatal no hace distinción entre universidades de titularidad pública o privada, consecuencia de ello es que exista una contradicción entre la normativa estatal y autonómica, siendo esta última insalvable y por lo tanto nula.
Fuente: Nota de prense del TC.
Oscar Perales Bertó, Estudiante en prácticas en el IDIBE.