Luces y sombras de la propuesta de modificación del art. 96 CC prevista en el anteproyecto de ley por el que se reforma la legislación civil y procesal en materia de discapacidad

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Autora: Marta Ordás Alonso. Profª. Titular (Acreditada Catedrática) de Derecho Civil de la Universidad de León. Correo electrónico: marta.ordas.alonso@unileon.es

Resumen: El Anteproyecto de Ley por el que se reforma la legislación civil y procesal en materia de discapacidad, elaborado en el seno de la Comisión General de Codificación, acomete una modificación del art. 96 CC en materia de atribución del uso de la vivienda familiar en supuestos de nulidad, separación y divorcio. Reforma que clarifica algunos de los puntos controvertidos del precepto vigente, pero que no puede calificarse sino de modesta en cuanto al fondo, en la medida en que continúa vinculando la atribución de la guarda y custodia con el uso de la vivienda familiar obviando soluciones menos gravosas y más equitativas propuestas por la doctrina en los últimos años.

Sumario:
I. Introducción.
II. Un anteproyecto impecable desde el punto de vista técnico, pero modesto en lo que a la reforma del art. 96 cc se refiere.
III. Las “luces” de la reforma del art. 96 CC.
1. La atribución del uso de la vivienda habiendo hijos menores comunes.
2. La prestación de alimentos ex arts. 142 y ss. CC como medio para cubrir las necesidades de vivienda de los hijos mayores de edad.
3. La continuación en el uso de los hijos discapacitados, si fuera “conveniente” y con carácter temporal.
4. La reforma del último párrafo del art. 96 CC.
IV. A modo de conclusión.

Referencia

 

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