Convivencia more uxorio y cuentas corrientes indistintas.

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Autor: Aurelio Barrio Gallardo, Profesor Titular de Derecho Civil de la Universidad de Zaragoza. Correo electrónico: abarrio@unizar.es

Resumen: El autor se muestra crítico con la tendencia jurisprudencial que favorece la consideración de una comunidad tácita de bienes entre los miembros de una pareja de hecho. Ante la falta de pacto expreso, el principio rector debería ser el mantenimiento de sus economías separadas y la aplicación a las disputas relativas al saldo de cuentas indistintas y adquisiciones a título oneroso de las normas generales de Derecho patrimonial en vez de recurrir a especialidades propias del matrimonio.

Palabras clave: pareja de hecho; consentimiento tácito; comunidad de bienes; cuentas corrientes indistintas; adquisiciones a título oneroso; negocios fiduciarios; reembolso.

Abstract: The author is critical of the case-law tendency favorable to hold the existence of a tacit tenancy in common between the members of a civil partnership. In the absence of an express agreement, the guiding principle should be to keep its property separated and to apply to disputes, concerning the balance of joint bank accounts and purchases of an onerous nature, the Patrimonial Law general rules instead of marriage specialties.

Key words: civil partner; tacit consent; tenancy in common; joint bank accounts; onerous purchases; trust agreement; reimbursement.

Sumario:
I. El régimen patrimonial de las parejas de hecho.
1. Principios rectores de la economía entre convivientes.
A) Autonomía privada.
B) Ausencia de consecuencias jurídicas.
C) Independencia patrimonial.
2. Controversia en torno a una supuesta voluntad tácita.
3. Crítica de la teoría de los contratos implícitos.
II. El empleo de cuentas corrientes indistintas durante la convivencia.
1. Cuentas corrientes y gastos familiares.
2. La cuenta corriente indistinta en la jurisprudencia.
A) Facultad de disposición.
B) Titularidad dominical.
C) El caso de las parejas de hecho.
III. Adquisición de bienes con cargo a una cuenta corriente indistinta.
1. Inexistencia de presunciones conyugales y remisión convencional a la sociedad de gananciales.
2. Reglas patrimoniales de aplicación general.
3. Ausencia de subrogación real y manifestación sobre la procedencia de los fondos.
4. Estudio de las posibles soluciones a la discordancia entre titularidad formal y origen del precio.
A) El negocio fiduciario.
B) La aportación económica como acto concluyente.
C) La acción de reembolso.

Referencia: Rev. Boliv. de Derecho Nº 30, julio 2020, ISSN: 2070-8157, pp. 122-151.

Revista indexada en LATINDEX, ESCI (ISI-Thomson Reuters), CIRC, ANVUR, REDIB, REDALYC y MIAR; e incluida en Dialnet, RODERIC y Red de Bibliotecas Universitarias (REBIUN).

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