Autora: Elsa Sabater Bayle. CV: Profesora Titular de Derecho Civil (Jub). Correo electrónico: elsa@unavarra.es
Resumen: Navarra se encuentra en estos momentos en un proceso de adaptación de sus disposiciones de Derecho Público y Privado a los principios de la Convención de Nueva York de 2006. En abril 2022 se publicó en la página de Gobierno Abierto un borrador de Anteproyecto de Ley Foral que aspira a establecer todo de tipo de apoyos a las situaciones de discapacidad, cuya versión definitiva se encuentra en fase avanzada de elaboración a finales de junio 2022. Hasta ahora, los Tribunales locales han aplicado las disposiciones del Código civil en materia de tutela y curatela para resolver conflictos suscitados en los procesos de incapacitación; y tras la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, aparecen los primeros pronunciamientos de Juzgados de PII y de la Audiencia Provincial, en aplicación de la normativa sobre curatela incorporada al Código Civil por la ley estatal. En este trabajo se exponen algunos criterios jurisprudenciales emanados de la Audiencia Provincial de Navarra, así como las modificaciones en el Fuero Nuevo de Navarra, recogidas en la Disposición Final Primera del Anteproyecto, que versan sobre la capacidad jurídica de las personas.
Palabras clave: Derecho civil navarro; discapacidad; adaptación normativa a la Convención de Nueva York.
Abstract: Navarra is currently in the process of adapting its provisions of Public and Private Law to the principles of the New York Convention of 2006. In April 2022, a draft of the Draft Law was published on the Open Government page that aspires to establish all kinds of support for situations of disability, whose final version is in an advanced stage of preparation at the end of June 2022. Until now, the Navarrese Courts have applied the provisions of the Civil Code in matters of guardianship to resolve conflicts arising in incapacitation processes; and after the entry into force of Law 8/2021, of June 2, the first pronouncements of the Provincial Courts appear, in application of the regulations on guardianship incorporated into the Civil Code by state law. In this work, some jurisprudential criteria emanating from the Provincial Court of Navarra are exposed, as well as the modifications in the New Charter of Navarra, collected in the First Final Provision of the Preliminary Draft, which deal with the legal capacity of people.
Key words: Navarrese Civil Law; disability; normative adaptation to the New York Convention of 2006.
Sumario:
I. SITUACIÓN PRECEDENTE: LA PACÍFICA APLICACIÓN DE LAS INSTITUCIONES TUTELARES REGULADAS EN EL CC CON OTRAS NORMAS DE PROTECCIÓN TRADICIONALES EN NAVARRA.
1. Evolución.
2. Perspectivas.
II. ALGUNAS APORTACIONES JURISPRUDENCIALES.
1. Jurisprudencia que ha aplicado en Navarra el Título X del Libro Primero del CC, relativo a la tutela, curatela y la guarda de menores o incapacitados, en la versión anterior a las reformas operada por Ley 8/2021 de 2 de junio.
2. Aplicación en Navarra de la nueva normativa sobre curatela, introducida en el CC por la Ley 8/2021 de 2 de junio, a los procesos pendientes de resolución a la entrada en vigor de la Ley: la disposición transitoria 6ª; primeros pronunciamientos procedentes de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y de la Audiencia Provincial.
III. IMPULSO DEFINITIVO PARA LA ADAPTACIÓN DE LA NORMATIVA DE NAVARRA A LA CONVENCIÓN DE NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
1. Referencias a la “capacidad modificada judicialmente” introducidas en el Fuero Nuevo por LF 21/2019 de 4 abril.
2. Informe CERMIN sobre la adaptación de la legislación foral de Navarra a la Convención Internacional sobre los derechos de las “personas con discapacidad”.
3. Anteproyecto de Ley Foral de atención a las “personas con discapacidad”: cuatro fases y dos versiones.
A) Estructura.
B) Contenido.
C) Referencia a las medidas de apoyo.
D) Fases del proceso de elaboración.
E) Versiones del borrador de texto del Anteproyecto.
IV. PRINCIPALES MODIFICACIONES EN EL FUERO NUEVO.
1. En el Libro Preliminar (leyes 19 y 36 FN).
A) Invalidez de las declaraciones de voluntad (ley 19 FN).
B) Suspensión del cómputo de los plazos de prescripción (ley 36 FN).
2. En el Libro Primero (Persona, Familia y la Casa).
A) Protección patrimonial de las personas con discapacidad (patrimonios protegidos, Leyes 44 y 45 FN).
B) Representación de las personas individuales (poderes preventivos, Ley 49).
C) Filiación (leyes 52, 54 apartados b y c, 55 IV, 56 aps. b, y d, 57 ap. b).
D) Responsabilidad parental (leyes 64, 67 y 71). E) Régimen de bienes del matrimonio y Capitulaciones matrimoniales (ley 78 y leyes 86 IV, 94 II.4, 104 y 105).
3. En el Libro Segundo (Donaciones y Sucesiones).
A) Fiducia sucesoria. Leyes 151I.2 y 287.
B) Indignidad sucesoria (leyes 154.7 y 8).
C) Testamentos (leyes 184, 187, 202.c, 204, 202 ap. c ).
D) Sustitución pupilar y ejemplar (ley 227).
E) Usufructo vidual (ley 257).
F) Partición de herencia (leyes 342, 345).
4. En los Libros Tercero (Bienes), y Cuarto (Obligaciones, Estipulaciones y Contratos).
A) Derecho de habitación (ley 425).
B) Enriquecimiento sin causa (ley 508).
C) Restitución del préstamo (ley 537).
V. CONCLUSIONES PROVISIONALES.
Revista indexada en SCOPUS (Q3), REDIB, ANVUR (Clase “A”), LATINDEX, CIRC (B), MIAR.
Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº 17, agosto 2022, ISSN: 2386-4567, pp. 80-121