El pasado 26 de enero de 2024, el Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Zaragoza ha condenado a un hombre de 40 años a abandonar la casa de sus padres, con los que convivía, debido al impago y a la situación insostenible que se había generado en el hogar.
La sentencia destaca la falta de contraprestación por parte del hijo, así como la negativa del mismo a abandonar la vivienda, a pesar de las reiteradas peticiones de sus progenitores.
El demandado, declarado en rebeldía procesal al no presentarse al juicio, fue denunciado por sus padres, quienes argumentaron haber sido víctimas de malos tratos por parte de su propio hijo. La jueza, al analizar el caso, concluyó que el hombre, siendo mayor de edad y con empleo estable, estaba en una situación de “precario”, haciendo hincapié en que dicha situación implicaba la ocupación gratuita de un bien que no le pertenecía legalmente.
La magistrada dejó claro en su sentencia que la relación de parentesco entre las partes no determina automáticamente la atribución de título para el uso del inmueble.
En este contexto, subrayó que el hecho de ser hijo no exime de responsabilidades, especialmente cuando la convivencia se torna insostenible debido a malos tratos y amenazas por parte del demandado.
Los progenitores, afectados por la agresividad y maltrato, habían solicitado en repetidas ocasiones a su hijo que abandonara voluntariamente el hogar familiar. Sin embargo, ante la persistente negativa del demandado, la convivencia se hizo insostenible, llevando a los padres a recurrir a la justicia para obtener una solución a su problema.
El fallo de la sentencia establece que el hijo ocupa la vivienda de Zaragoza sin título alguno y sin pagar ningún tipo de contraprestación, y por tanto en situación de precario, impone el desahucio por precario del inmueble y lo condena a “dejar libre, vacua y expedita la mencionada finca a disposición de la parte actora, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo efectuara en plazo legal”.
Este caso pone de manifiesto la importancia de la autonomía y la responsabilidad individual, incluso en el contexto de relaciones familiares, y destaca la intervención de la justicia como garante de los derechos y la convivencia pacífica.
Acceder al texto íntegro de la sentencia:
Carla Ruiz de la Torre Navarro, Becaria de colaboración en el Departamento de Derecho Civil en la Universidad de Valencia.