Existencia de custodia monoparental materna respecto de una hija y de custodia compartida respecto de otra: Atribución del derecho de uso sobre la vivienda familiar a la madre hasta la mayoría de edad de las hijas.

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SAP Valencia (Sección 10ª), de 6 de octubre de 2020, rec. nº 286/2020
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“(…) En el presente caso a la vista de que se atribuye la custodia de una de las hijas a la madre, y se atribuye la custodia compartida de la otra no cabe duda que en atención al interés más necesitado de protección debe atribuirse el uso de la vivienda familiar a la madre, puesto que es en ella donde las hijas van a pasar más tiempo, estableciéndose como límite temporal de dicha atribución la mayoría de edad de las hijas.” (F.D. 4º) [M.S.B.]

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