Responsabilidad civil médica por una intervención quirúrgica fallida: hipertrofia benigna de próstata operada con láser: hallazgo inesperado de una estenosis en la fosa navicular y en la uretra bulbar, pese a lo cual continuó la intervención, sin informarse al paciente: aplicación de la doctrina del daño desproporcionado.

0
131

SAP de Granada (Sección 5ª) de 6 de Junio de 2014, rec.nº 666/2013.

“(…)Una de las obligaciones del médico es explorar primeramente al paciente e informar del tratamiento médico factible (…). En el historial clínico (…) no hay dato alguno de la propia exploración previa del médico (…). El consentimiento informado (…) firmado dos veces por el actor, es un formulario general de la Clínica que no alude para nada al tratamiento específico que se propone al paciente.

(…) el médico le transmitió verbalmente que se trataba de una cirugía simple que realizaría con láser porque esta técnica produce una coagulación inmediata, al mismo tiempo que destruye la próstata, evitando con ello la hemorragia y favorece la cicatrización.

(…) Sin embargo, las consecuencias fueron desgraciadamente bien diferentes” (F.D.3º).

“En realidad, no por el hecho de que se hayan incumplido las más elementales reglas del consentimiento informado cabe derivar de ello una responsabilidad médica si la intervención fue consentida por el paciente.

(…) En el caso de autos se debe examinar, por tanto, si realmente el médico no cumplió con la lexartis ad hoc cuando practicó la fotovaporización prostática mediante láser” (F.D.4º)

“Se puede traer aquí a colación la doctrina del daño desproporcionado (…) ‘el daño médico desproporcionado es aquél no previsto ni explicable en la esfera de la actuación profesional médico-sanitaria (…) el profesional médico puede estar obligado a probar las circunstancias en que el daño se produjo si se presenta en la esfera de su actuación profesional y no es de los que habitualmente se originan sino por razón de una conducta negligente.

(…) Actualmente, alrededor del 95 % de cirugía de esta enfermedad se realiza mediante métodos endoscópicos.

(…) Siendo la intervención quirúrgica practicada en el paciente una intervención bastante común, con resultados generalmente positivos, las secuelas han sido desproporcionadas a lo largo de muchos años si nos atenemos a su historial clínico relatado en nuestra fundamentación jurídica segunda” (F.J.5º).

print

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here