Autor: David Aviñó Belenguer (España). Profesor ayudante doctor de Derecho Civil (Universitat de València). Correo electrónico: david.avino@uv.es
Resumen: La convivencia de un tercero en la vivienda familiar atribuida a uno de los cónyuges no se contempla en el Código Civil español como causa de extinción del uso de dicha vivienda. No obstante, a raíz de la Sentencia núm. 641/2018, de 20 noviembre, se reconoce dicha causa de extinción, si bien existen muchos intereses a proteger, entre los cuales se encuentran el interés superior del menor, y, por otro lado, la libertad del cónyuge que podría que-dar comprometida. Por otro lado, el cónyuge no atribuido, frecuentemente no custodio y propietario o copropietario de la vivienda, ve que tiene que seguir sufragando las cuotas del préstamo u otros gastos mientras que el tercero incluso está lucrándose del precio del alquiler de su propia vivienda, al no necesitarla.
Palabras clave: Interés superior del menor; vivienda familiar; atribución del uso, convivencia marital.
Abstract: The coexistence of a third party in the family home attributed to one of the spouses is not contemplated in the Spanish Civil Code as a cause for termination of the use of said home. However, as a result of Judgment no. 641/2018, of November 20, this cause of extinction is recognized, there are many interests to protect, among which are the best interests of the minor, and, on the other hand, the freedom of the spouse that could be compromised. On the other hand, the non-attributed spouse, often a non-custodian and owner or co-owner of the home, sees that they have to continue paying the loan installments or other expens-es, while the third is even profiting from the rental price of his own home, by not needing it.
Key words: Child’s best interest; family housing; attribution of use; marital cohabitation.
Sumario:
I. INTRODUCCIÓN.
II. ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR.
1. Intereses jurídicos protegibles.
2. Una breve aproximación a la atribución de la vivienda familiar.
A) En casos de custodia exclusiva.
B) En casos de custodia compartida.
3. Problemática suscitada y relación con la razón de la atribución.
A) En caso de existencia de convenio regulador.
B) No existiendo hijos menores de edad.
C) En caso de que el uso se haya atribuido a los menores.
D) En caso de custodia compartida.
4. Extinción del derecho de atribución del uso de la vivienda por el hecho de contraer matrimonio o por convivir maritalmente con un tercero.
A) Falta de previsión legal como causa de extinción.
B) Efectos en la rebaja de pensión de alimentos.
III. ANÁLISIS JURISPRUDEN-CIAL DE LAS CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL USO POR CONVIVENCIA CON UNA NUEVA PAREJA.
1. Causas ‘tradicionales’ de extinción del uso de la vivienda familiar.
A) Cuando la presencia del conviviente es perjudicial para los hijos menores.
B) Cuando cese la necesidad de vivienda por abandono de la misma.
C) Cuando se acredita la producción de un enriquecimiento injusto.
D) Cuando se produce un abuso del derecho y/o un fraude de ley.
2. Análisis de la Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2018 y posteriores. La convivencia marital como causa de extinción ¿automática?
A) Causas ‘novedosas’ de extinción automática de la atribución del uso.
a) El domicilio familiar dejó de servir a los fines que determinaron la atribución del uso en el momento de la ruptura familiar.
b) Posibilidad de que el derecho de habitación del menor sea satisfecho a través de otros medios distintos de la atribución del uso de la vivienda familiar.
B) Consecuencias de la extinción del uso.
a) Modificación de las circunstancias y liquidación del inmueble, en su caso.
b) Consecuencias en materia de alimentos o compensación económica.
c) La posible limitación temporal del uso hasta su extinción definitiva.
Revista indexada en SCOPUS (Q3), REDIB, ANVUR (Clase “A”), LATINDEX, CIRC (B), MIAR, RRDe (Q1), IDR (C2)
Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº 17 bis, diciembre 2022, ISSN: 2386-4567, pp. 2036-2063.