Autora: Covadonga López Suárez. Investigadora Predoctoral FPU en Derecho Civil, Universidad de Cádiz. covadonga.lopez@uca.es
Resumen: En el presente trabajo se examina cuán efectiva es la subrogación arrendaticia “inter vivos” como medida de protección de la vivienda familiar y, por ende, de la familia.
Para ello es obligado un estudio inicial acerca de la institución jurídica protagonista, esto es, de la vivienda familiar, gracias al cual se logra desarrollar el análisis realizado posteriormente sobre lo estipulado en los artículos 12 y 15 LAU, pudiendo concluir cuáles son los aciertos y cuáles las posibles mejoras de la legislación vigente en este ámbito.
Palabras Clave: Vivienda familiar; arrendamiento; subrogación “inter vivos”, protección de la familia.
Abstract: This paper examines how effective “inter vivos” tenancy subrogation is as a measure for the protection of the family home and, therefore, of the family. In order to do so, an initial study of the legal institution involved, i.e. the family home, is required, allowing us to develop the subsequent analysis of the provisions of articles 12 and 15 LAU, and to conclude which are the successes and which are the possible improvements of the current legislation in this field.
Key words: Family dwelling; rental contract; inter vivos subrogation; family protection.
Sumario:
I. LA VIVIENDA FAMILIAR COMO INSTITUCIÓN NECESITADA DE PROTECCIÓN.
1. La vivienda familiar: concepto y delimitación.
A) Concepción jurídica actual de familia.
B) Concepto de vivienda familiar.
2. La protección de la vivienda familiar en el Derecho Civil. En particular, la vivienda arrendada.
A) La subrogación arrendaticia inter vivos como medida de protección.
II. LA SUBROGACIÓN ARRENDATICIA A RAÍZ DE LA ATRIBUCIÓN DE LA VIVIENDA FAMILIAR ARRENDADA: ARTÍCULO 15 LAU.
1. Fundamento jurídico: el artículo 96 CC.
2. Naturaleza jurídica y régimen jurídico.
A) La notificación.
3. Posibles conflictos jurídicos en la aplicación del artículo 15 LAU: ¿puede ser revertida la subrogación?
III. EL DERECHO A CONTINUAR EN LA VIVIENDA ARRENDADA DEL CÓNYUGE Y DEL CONVIVIENTE: EL ARTÍCULO 12 LAU.
1. Fundamento y naturaleza jurídica.
2. Régimen jurídico.
A) Notificación.
B) Aplicación del precepto a las parejas de hecho.
IV. ALGUNAS REFLEXIONES Y CONCLUSIONES FINALES: ¿ES LA SUBROGACIÓN ARRENDATICIA INTER VIVOS UNA MEDIDA DE PROTECCIÓN EFECTIVA?
Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº 19, agosto 2023, ISSN: 2386-4567, pp. 476-505.
Revista indexada en SCOPUS (Q3), REDIB, ANVUR (Clase “A”), LATINDEX, CIRC (B), MIAR, RRDe (Q1), IDR (C2).