El deber de declaración del riesgo en el contrato de seguro. Comentario a la STS de España núm. 81/2019, de 7 de febrero.

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Autora: Isabel J. Rabanete Martínez. Profesora Asociada de Derecho Civil, Universidad de Valencia. Correo electrónico: isabel.rabanete@uv.es

Resumen: El deber de declaración del riesgo en el contrato de seguro se configura como un deber de respuesta a las preguntas que le formule el asegurador. Producido el siniestro, el asegurador no puede ampararse, para no cumplir íntegramente con la prestación, en una inexacta apreciación del riesgo, si no ha presentado cuestionario o éste ha sido incompleto.

Palabras clave: contrato de seguro; cuestionario de salud; declaración; riesgo; infracción.

Abstract: The duty to declare the risk in the insurance contract is configured as a duty to answer the questions asked by the insurer. Once the loss has occurred, the insurer can not protect itself, in order not to fully comply with the benefit, in an inaccurate risk assessment, if it has not submitted a questionnaire or if it has been incomplete.

Key words: insurance contract; health questionnaire; declaration; risk; infraction.

Sumario:
I. El deber de declaración del riesgo.
1. Introducción.
2. El deber de declaración como un deber de contestación o respuesta.
II. La exoneración del asegurado en caso de no presentar cuestionario o hacerlo de manera incompleta.
III. Consecuencias de la infracción del deber de declaración: la reducción de la prestación.

Referencia: Rev. Boliv. de Derecho Nº 28, julio 2019, ISSN: 2070-8157, pp. 468-479.

Revista indexada en LATINDEX, ESCI (ISI-Thomson Reuters), CIRC, ANVUR, REDIB, REDALYC y MIAR; e incluida en Dialnet, RODERIC y Red de Bibliotecas Universitarias (REBIUN).

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