Autora: María Dolores Cervilla Garzón. Catedrática de Derecho Civil, Universidad de Cádiz.
Resumen: La situación de la gestación subrogada en España demanda una actuación por parte de nuestros legisladores y/o de nuestros poderes públicos. El motivo es que no se está respetando el marco normativo actual en el que existe una clara prohibición del contrato de maternidad subrogada. En este trabajo se realiza un análisis de la situación en España y en otros países, para concluir desde el derecho a la dignidad de la mujer, que posibles actuaciones pudieran tomarse para adecuar la realidad al Derecho.
Sumario:
La gestación subrogada: ¿una opción de política legislativa?
Una aproximación al Derecho comparado: California y Portugal.
Gestación subrogada en el Estado de California.
A) El régimen jurídico diseñado a partir de los “cases law”.
B) Los artículos 7890, 7891 y 7892 del Código de Familia de California.
La regulación de la gestación subrogada en Portugal: la Ley nº 25/2016 de 22 de agosto tras la sentencia del Tribunal Constitucional de 24 abril de 2018.
III. La “surrealista” situación de la maternidad subrogada en España: de la prohibición a la inscripción.
La prohibición: El caso de la pareja valenciana que propició las únicas sentencias sobre la materia del Tribunal Supremo.
La inscripción: La Instrucción de la DGRN 2010 y la inexistencia de ningún pronunciamiento judicial al respecto.
La gestación subrogada en los Tribunales Europeos.
La situación actual de no Derecho y cómo salir de ella.
Conclusión: La dignidad de la mujer gestante, único límite constitucional.
Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana, e-ISNN 2386-4567, 2018, agosto, núm. 9, pp. 10-43.