Autora: Yolanda Gandia Mira. Graduada en Derecho por la Universidad de Valencia.
Resumen: El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado recientemente al Estado español por vulnerar el artículo tercero del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Con ella, se elevan a diez las condenas a España por violar la vertiente procesal del mencionado artículo. Es decir, por no haber investigado de forma eficaz posibles casos de tortura, tratos inhumanos o degradantes. El presente estudio tiene por objeto exponer las condenas y la doctrina que TEDH ha sentado alrededor de esta obligación derivada de la prohibición de la tortura.
Sumario:
I. Introducción: la prohibición de la tortura.
1. Regulación en el ámbito del Consejo de Europa.
2. El concepto de tortura, tratos inhumanos y degradantes.
II. Obligaciones derivadas del artículo 3 del CEDH.
1. Obligación negativa.
2. Obligaciones positivas.
III. Condenas del TEDH a España por vulneración del artículo 3 en su vertiente procesal.
1. Martínez Sala y otros c. España.
2. San Argimiro Isasa c. España.
3. Beristain Ukar c. España.
4. B.S. c. España.
5. Otamendi Egiguren c. España.
6. Etxebarria Caballero c. España.
7. Ataun Rojo c. España.
8. Arratibel Garciandia c. España.
9. Beortegui Martínez c. España.
10. Portu Juanenea y Sarasola Yarzabal c. España.
IV. Análisis del criterio del TEDH.
1. Afirmación defendible.
2. Investigación oficial eficaz.
V. Conclusiones.
Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº 9, agosto 2018, ISSN: 2386-4567, pp. 488-523