Autora: Dra. Mercedes López Balaguer, Profesora Titular de Universidad de Derecho del Trabajo y SS de la Universidad de Valencia.
Resumen: Tras la importante reforma de 2012 en materia de negociación colectiva y la modificación de las reglas sobre concurrencia de convenios se cuestiona en la sentencia objeto de comentario el alcance de la preferencia aplicativa del convenio de empresa a partir de los límites materiales de la misma.
Sumario:
I. La prioridad aplicativa del convenio de empresa en el marco de la reforma de 2012: las dudas de constitucionalidad.-
II. El deber de negociar y el art. 84.2 ET.-
III. Los límites materiales a la prioridad aplicativa: la jornada de trabajo como materia excluida.-
IV. El art. 84.2 ET como norma imperativa absoluta.-
V. Valoración personal.
Referencia: Revista Boliviana de Derecho, núm. 21, enero de 2016, pp. 294-305.