Matrimonio y constitución: Su interpretación evolutiva, desde la igualdad y la libertad

0
207

Autor: Guillermo Cerdeira Bravo de Mansilla. Catedrático de Derecho civil, Universidad de Sevilla.

Resumen: Se defiende en este trabajo la posibilidad de una interpretación evolutiva de la Constitución, más allá de su letra, pero siempre en renovación de su espíritu. Como así se ha observado en las últimas reformas legislativas habidas en las leyes sobre matrimonio.

Sumario:
I. Introducción.
II. Idoneidad y límites en la interpretación sociológica de la constitución. La interpretación evolutiva como natural actualización del sentido literal e histórico de la norma conforme a su renovado sentido lógico.
1. La consagración de la interpretación sociológica en la jurisprudencia y, luego, en el art. 3.1 CC español: una breve, pero necesaria exposición del status quaestionis desde la STS 21 noviembre 1934 hasta la STC 198/2012, de 6 de noviembre.
2. Entre la creación y la petrificación del Derecho: fines y peligros de la interpretación sociológica o evolutiva.
3. Presupuestos y fronteras en la interpretación sociológica: su confrontación con la interpretación histórica y la gramatical.
4. La lógica aplicabilidad de la interpretación evolutiva en las normas Constitucionales.
III. La necesidad de que la nueva realidad social, en cuanto probada y consolidada, esté directa o indirectamente “juridificada” en el orden interno-nacional. Y su incidencia en la institución matrimonial.
1. La noción de “cultura jurídica”, expresada en la STC 198/2012, y la necesidad de hallar la realidad social positivada, normativa o jurisprudencialmente. La inutilidad, al respecto, del dato doctrinal y puramente sociológico.
2. La interpretación sociológica confrontada, de nuevo, con la histórica y, también, con la sistemática: la interpretación evolutiva como actualización de una norma en su ratio legis, desde la lógica realidad social expresada en otras normas, coetáneas o posteriores a la interpretada.
3. Realidad social y occasio legis: el valor interpretativo auténticamente sociológico de las Exposiciones de Motivos y de los Preámbulos.
4. La “peculiaridad” de los Preámbulos Constitucionales, español y europeo; y la posible incidencia del Derecho Internacional y comparado, en cuanto integrado internamente.
IV. A modo epilogo: La actual configuración constitucional del matrimonio en España, como affectio maritalis ejercida en plena igualdad y libertad, desde una interpretación sociológica de su constitución.

Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº 10, febrero 2019, ISSN: 2386-4567, pp. 400-445.

print

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here