Principio de proporcionalidad y garantías hipotecarias.

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Autor: Stefania Giova, Catedrática de Derecho Civil en la Universidad de Molise (Italia).
 
Resumen: El presente estudio analiza el papel del principio de proporcionalidad en el marco de la garantía hipotecaria, sugiriendo ideas útiles para aclarar el problema general de la relación entre la deuda y las garantías. El A. Arroja luz sobre el sustrato axiológico del principio que se manifiesta en el necesario equilibrio del interés del deudor a no sufrir un sacrificio “mayor de lo necesario” y aquél, opuesto, del acreedor a estar adecuadamente garantizado. El principio, antes de ser elevado a rango constitucional, orientó al legislador de 1942 en la definición de las reglas del C.C. sobre inscripción y sobre reducción de la hipoteca, donde se contempla un equilibrio tanto en la fase de constitución de la garantía, con los requisitos relativos a la reducción, como en la fase ejecutiva, con las disposiciones relativas a la “reducción impropia”. Su valor como principio general lo hace aplicable no sólo como un instrumento hermenéutico, sino también en su capacidad prescriptiva, como maximización de los valores subyacentes, lo que permite reducir los remedios de equidad en los casos de otorgamiento voluntario de la garantía.
 
Sumario:
I. Principio de proporcionalidad y su aplicación multidisciplinar. La proporcionalidad entre sujetos públicos y privadas.
II. La denominada proporcionalidad “horizontal”.
III. La proporcionalidad en la hipoteca.
 
Referencia: Rev. Boliv. de Derecho Nº 25, enero 2018, ISSN: 2070-8157, pp. 306-320.
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