El resarcimiento del quebranto inmaterial y su cuantificación, Magistrado-juez titular del Juzgado de instancia nº 4 de Castellón. Profesora Titular de Derecho Civil (excedente), actualmente Profesora Asociada de Derecho Civil en el Departamento de Derecho Civil de la Universitat de València.

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Resumen: Nuestro Derecho de Daños integra el presupuesto de que toda pretensión indemnizatoria por el resultado lesivo de una acción u omisión debe suponer la reparación integral de la consecuencia dañosa, en definitiva, la denominada restitutio in integrum, por cuya virtud la víctima merece ser resarcida en todos los extremos en que ha sido dañada. También, por consiguiente, en esa agresión infligida a “las creencias, a los sentimientos, a la dignidad de la persona o a su salud física o psíquica … (…). La zozobra, la inquietud, que perturban a una persona en lo psíquico” (SAP de Barcelona de 8 de febrero de 2006). En definitiva, en el indicado ámbito se trata de que quien ha padecido el daño se vea repuesto de cualquier perjuicio no pecuniario producido por la lesión de un bien de la persona –salud, libertad, honor, entre otros- o de sus sentimientos o afectos más elevados. Prescindiendo de aquellas situaciones en las que el daño moral no presenta entidad suficiente para ser reclamado, sin duda, la razón esencial por la que el mismo no suele constituir objeto de un pleito es, precisamente, por su dificultad probatoria. En este trabajo se analizan las cuestiones más relevantes que se plantean en relación con la cuantificación del daño moral, de necesaria acreditación para poder integrar la pretensión sustanciada en un litigio.

Sumario:
I. Consideración general.
II. El daño moral: concepto. tratamiento jurisprudencial. daño moral contractual y daño moral extracontractual.
III. La prueba del daño moral y su proyección aplicativa.
IV. La cuantificación del daño moral.
1. Previsión general: la norma del artículo 1902 del Código Civil.
2. Reglas para la cuantificación del daño moral.
3. El sistema de valoración de daños personales en el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor: los factores de corrección para las indemnizaciones básicas por muerte. La Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
4. La presunción de daño moral en el artículo 9.3 de la LO 1/1982, de 5 de mayo, de protección al honor, intimidad personal y familiar y propia imagen.
5. La reparación del daño moral causado a los autores en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
6. Resarcimiento del daño moral derivado de agresión contra la vida y la integridad física.
7. Reparación del perjuicio moral en los delitos contra la libertad sexual.
8. Consideración de la reparación del daño moral causado a las personas jurídicas.

Referencia: Rev. Boliv. de Derecho Nº 27, enero 2019, ISSN: 2070-8157, pp. 78-99.

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