STS (Sala 2ª) de 3 de mayo de 2016, rec. nº 295/2015.
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[Nacionalidad española. Naturalización por residencia. Derecho a la obtención a pesar de que el interesado no cumplía el requisito de residencia legal de dos años, continuada e inmediatamente anterior a la petición, y no estar provisto de la preceptiva autorización de residencia durante un año.
Aplicación de la jurisprudencia que viene interpretando de forma flexible el requisito de residencia continuada en aquellos supuestos de mero retraso en la solicitud de renovación de la autorización de la residencia cuando el interesado ha residido de forma legal durante largo tiempo en España, ha obtenido diversas renovaciones de permiso de residencia y ha demostrado suficiente arraigo y estancia continuada] [A.O.G.].