Santiago E.P presidente de la entidad “Catalunya Acció” en Facebook, publicó un manifiesto, titulado, “Por la pitada al Himno Español y al Rey Felipe de Borbón”. Por ese manifiesto, el juzgado Central de lo Penal entendió que Santiago ejecutaba un plan preconcebido y planificado por él mismo para ofender y menospreciar al rey, bajo una tapadera de pretensiones políticas.
Santiago interpuso recurso de apelación, el cual, fue estimado por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, anulando así la sentencia condenatoria del Juzgado Central de lo Penal, al entender que el contenido del manifiesto publicado por el acusado en las redes sociales incitando a la pitada, no contenía expresiones injuriosas ni calificativos insultantes respecto al Rey, sino que se trataba de aprovechar un acto deportivo para reivindicar de forma incívica pretensiones independentistas.
La Sala, tras realizar una ponderación de los derechos fundamentales a la libertad de expresión y al honor concluye que la acción llevada por el acusado se enmarca en la libertad de crítica.
La propuesta contenida en el manifiesto, según los magistrados, “tiene como ilusorio y confesado fin conseguir la proclamación de un Estado Catalán Independiente con el consiguiente control político efectivo del territorio mediante “la protesta colectiva cívica”. En el texto analizado, añade el tribunal, no aparece “ningún epígrafe ofensivo, injusto u oprobiosos que suponga o implique un menosprecio a S.M. el Rey y a la Institución que encarna en su persona. De lo que se trataba, en definitiva, era de aprovechar un acto deportivo al que acudía el Rey para que de forma incívica, impropia, desafortunada y con manifiesta falta de educación, los organizadores evidenciaran con la pitada su radical desacuerdo ante la imposibilidad de seguir adelante con los planes independentistas”.
Definitivamente, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a Santiago E.P. del delito de injurias a la Corona y de ultraje a España por los que fue condenado a una multa de 7.500 euros, por haber promovido la pitada al himno nacional y menospreciado al rey Felipe VI, en la Final de la Copa del Rey celebrada en el Camp Nou, el 30 de mayo de 2015. [Fernando Santafosta Rosell]
Fuente: Comunicación Poder Judicial.
Acceder a la Comunicación y Sentencia
Santiago interpuso recurso de apelación, el cual, fue estimado por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, anulando así la sentencia condenatoria del Juzgado Central de lo Penal, al entender que el contenido del manifiesto publicado por el acusado en las redes sociales incitando a la pitada, no contenía expresiones injuriosas ni calificativos insultantes respecto al Rey, sino que se trataba de aprovechar un acto deportivo para reivindicar de forma incívica pretensiones independentistas.
La Sala, tras realizar una ponderación de los derechos fundamentales a la libertad de expresión y al honor concluye que la acción llevada por el acusado se enmarca en la libertad de crítica.
La propuesta contenida en el manifiesto, según los magistrados, “tiene como ilusorio y confesado fin conseguir la proclamación de un Estado Catalán Independiente con el consiguiente control político efectivo del territorio mediante “la protesta colectiva cívica”. En el texto analizado, añade el tribunal, no aparece “ningún epígrafe ofensivo, injusto u oprobiosos que suponga o implique un menosprecio a S.M. el Rey y a la Institución que encarna en su persona. De lo que se trataba, en definitiva, era de aprovechar un acto deportivo al que acudía el Rey para que de forma incívica, impropia, desafortunada y con manifiesta falta de educación, los organizadores evidenciaran con la pitada su radical desacuerdo ante la imposibilidad de seguir adelante con los planes independentistas”.
Definitivamente, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a Santiago E.P. del delito de injurias a la Corona y de ultraje a España por los que fue condenado a una multa de 7.500 euros, por haber promovido la pitada al himno nacional y menospreciado al rey Felipe VI, en la Final de la Copa del Rey celebrada en el Camp Nou, el 30 de mayo de 2015. [Fernando Santafosta Rosell]
Fuente: Comunicación Poder Judicial.
Acceder a la Comunicación y Sentencia