La Sala V de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Central Militar, que condena a tres meses de prisión a un brigada del Ejército de Tierra acusado de un delito contra la eficacia del servicio y de producir lesiones por imprudencia mientras dirigía un entrenamiento de rescate en aguas rápidas, que tuvo lugar en marzo de 2010 en aguas del Alto Tajo cerca de Ocentejo (Guadalajara), en el que un cabo 1º quedó tetrapléjico tras permanecer atrapado bajo el agua durante unos diez minutos.
Por otra parte, el Supremo ratifica la absolución del entonces jefe de Batallón de Intervención de Emergencias de la UME por considerar que, debido a la gravedad de las lesiones producidas, la presencia de un correcto de apoyo sanitario no habría mejorado la situación.
Asimismo, el Tribunal mantiene la absolución de un Comandante del Ejército de Tierra, quién también fue acusado, argumentando que el ámbito de la imprudencia punible no alcanza supuestos de intervención de terceros.
Además de la pena de prisión, se condena al militar, con responsabilidad subsidiaria del Estado, a pagar una indemnización de 30.000 euros tanto al padre como a la madre del militar, y a abonar 808.000 euros de indemnización al cabo afectado, que quedó en situación de gran invalidez por el daño cerebral sufrido y es completamente dependiente para todas las actividades básicas de la vida diaria.
Finalmente, el TS estima parcialmente el recurso interpuesto por la pareja de hecho del cabo, y eleva la indemnización reconocida a esta mujer de 15.000 a 30.000 euros, argumentando que el Tribunal Militar Central no tuvo en cuenta el daño moral sufrido por la misma.
Laura Gutiérrez Rosales, estudiante en prácticas en el IDIBE
Fuente: Comunicación Poder Judicial
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