Más de 130000 euros de indemnización a favor de un promotor inmobiliario que invirtió en acciones preferentes.

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Un promotor inmobiliario que invirtió 150000€ en acciones preferentes demandó a una entidad bancaria para que le devolviese más de 130000€, que es el resultado que se producía al descontar del capital invertido los rendimientos percibidos por el demandante, los intereses y el reparo de los perjuicios causados. Esta demanda fue inicialmente desestimada debido a que se consideró que el inversor tenía que saber que las acciones que estaba comprando eran un producto financiero de riesgo y también se dio a entender que el banco cumplió adecuadamente su función de asesoramiento.

Ante este resultado, el promotor inmobiliario interpuso un recurso de apelación que acabó resolviendo la Audiencia Provincial de Cantabria. En esta segunda sentencia, se clarificaba que el banco no informó adecuadamente al administrador del promotor inmobiliario sobre el verdadero riesgo que suponía la adquisición de acciones preferentes, y que tampoco existía ningún documento que demostrase que se le dio al cliente algún tipo de información sobre las acciones adquiridas.

Además el inversor carecía de conocimientos suficientes y necesarios para contratar dichas participaciones, por lo que si hubiese sabido el inversor lo que suponían realmente dichas acciones, no las habría comprado, por lo que se produjo un error determinante en el contrato que supondría la invalidez del negocio celebrado. Por todas las razones anteriores, se acabó estimando por la Audiencia Provincial de Cantabria el recurso de apelación y estimar la demanda interpuesta contra la entidad bancaria, obligando a esta a abonar al promotor inmobiliario 127.381,85€ más los intereses legales incrementados en 2 puntos y las costas de la primera instancia. [Enrique Lorenzo Andreu Zamorano].

Fuente: Comunicación Poder Judicial.
Acceso a la Comunicación y a la sentencia

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