Tras la imposición de una pena de prisión de 3 años por la Sección Primera de la Audiencia Provincial a un hombre por abusar sexualmente y con acceso carnal a un familiar, en concreto, a su prima, el Tribunal Superior de Justicia avala dicha condena.
Junto a la pena de prisión mencionada, se impone al demandado la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima por plazo de seis años, además de la obligación de indemnizar con 25.000 euros, de los cuales, ya había adelantado 6.000 antes del juicio y finalmente una medida de libertad vigilada por 5 años.
En los hechos relatados en la sentencia, destacamos el estado de embriaguez en el que se encontraban ambos individuos la noche del 29 al 30 de diciembre de 2019, noche en la que ocurrieron los hechos.
Ambos acudieron al domicilio del demandado, donde éste aprovechando el estado de embriaguez de su prima, la violó.
Contra la sentencia se interpuso un recurso donde la defensa exigió la absolución del demandado y la aplicación de la atenuante por embriaguez, además de la reducción a 6.000 euros de la indemnización y la reducción de la pena a un año.
El Tribunal finalmente rechazó todo lo exigido por la parte demandada ya que no constaban pruebas suficientes para demostrar que la embriaguez influyese en su conducta, además de contar con el testimonio de la mujer.
Alejandra Lafuente Martínez. Graduada en Derecho