Noticias del CGPJ: La Audiencia de Navarra condena a prisión al dueño de un bar de Pamplona por abusar sexualmente de una camarera aprovechándose de su estado de inconsciencia etílica.

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado, en virtud del pacto alcanzado entre la Fiscalía, la defensa y la acusación particular, a dos años de pena privativa de libertad al dueño de un bar por un delito de abuso sexual con acceso carnal a su empleada de 19 años.

Los hechos sucedieron a principios de mayo de 2020, durante la vigencia del confinamiento domiciliario implantado los meses del estado de alarma derivado de la pandemia. La normativa permitía a los hosteleros el traslado a sus establecimientos con la finalidad de elaborar comida para llevar, así como para realizar labores de limpieza. La empleada acudió al local el sábado 9 de mayo, donde permaneció desde las 9 hasta las 15.30 horas para posteriormente aceptar la oferta del acusado de quedarse para comer junto con otro compañero y tomar algunas bebidas alcohólicas como vino, ginebra y licor de hierbas.

Pasadas las 22.20 horas, la Policía Municipal de Pamplona encontró “en avanzado estado de embriaguez” al otro trabajador de la cocina del establecimiento, dormido en un banco y con graves problemas de coordinación motora, estado en el que la sentencia considera probado que también se hallaba la víctima. La pérdida de la consciencia en la que desembocó la ingesta de alcohol fue aprovechada por el condenado para mantener relaciones sexuales con ella sin su consentimiento provocándole lesiones y secuelas.

Los hechos son constitutivos de un delito de abuso sexual tipificado en el artículo 181.4 CP castigados con una pena de prisión de 4 a 10 años y siéndoles de aplicación la atenuante muy cualificada de embriaguez. No obstante, en virtud del pacto alcanzado entre las partes, al condenado le será suspendida la pena de prisión con la condición del pago de la indemnización por daños y perjuicios a la víctima, cuantificada en 6.000 euros y de la no comisión de delito alguno en los próximos tres años. Asimismo, le ha sido impuesta la obligación de participar en un programa formativo de educación sexual para personas que hayan cometido delitos contra la libertad e indemnidad sexual.

María Hurtado Benetó. Graduada en Derecho.

Acceder a la noticia: Condenado a 2 años de prisión el dueño de un bar de Pamplona por violar a una camarera que estaba inconsciente por el alcohol ingerido

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