El Tribunal Constitucional desestima un recurso de inconstitucionalidad presentado por 50 diputados de Unidos Podemos – En comú podem – En marea.
La sentencia declara constitucional esta obligación al considerar que la asistencia jurídica gratuita “trae causa de la necesidad de asegurar el derecho constitucional a la asistencia jurídica gratuita reconocido en el artículo 119 de la Constitución como derecho prestacional y de configuración legal, cuyo contenido y condiciones de ejercicio corresponde delimitar al legislador atendiendo a los intereses públicos y a las disponibilidades presupuestarias”
Los diputados consideraban que efectivamente vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y era discriminatoria, pues impone a los abogados una obligación de prestar un servicio público, cosa que consideran contraria al derecho al trabajo y la libertad de empresa, así como también establece límites al derecho a la negociación colectiva.
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María Hernández Giménez, estudiante en prácticas en IDIBE.