La Audiencia Provincial de Cantabria confirmó la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santander, que obligaba al seguro del autobús a indemnizar con 14.200€ a una mujer por lesiones sufridas y secuelas producidos por caerse en dicho vehículo.
Tanto la mujer como el conductor declaran que la caída se produce al arrancar el autobús, y aunque sean pocos los datos conocidos, son suficientes para deducir que no concurre culpa del pasajero accidentado ni fuerza mayor, por lo que procede indemnización por daños personales [Guillermo Carrasco Gil].
Fuente: Comunicación del Poder Judicial.