Son declaradas abusivas dos cláusulas de un contrato de préstamo hipotecario por primera vez.

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La Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección Primera, ha declarado abusivas dos cláusulas de un préstamo hipotecario. La primera de ellas hace referencia al “cálculo de los intereses tomando como base de la liquidación el año comercial de 360 días”, la Sala no halla razón que la motive y señala “que en el momento de la liquidación del saldo pueda tomarse como base el año comercial de 360 días y en cambio se utilice el mes natural para el cálculo del devengo de intereses, 31 o 30 días, constituye una práctica que genera un desequilibrio importante e injustificado en los derechos y obligaciones de las partes que perjudica siempre a la misma”, siendo declarada en consecuencia nula “ya que no puede decirse que supere el control de transparencia, dado que no consta en modo alguno que el apelante fuera informado adecuadamente de las consecuencias económicas negativas que tiene exclusivamente para él la aplicación de dicha cláusula”.

La segunda cláusula, declarada abusiva en el recurso de apelación, esta se trata de la “prohibición del cliente de hipotecar, gravar, vender o arrendar el inmueble sin el consentimiento del prestamista”. Sobre ello, declaran los magistrados que “esa prohibición o limitación a cualquier negocio que implique la transmisión de la posesión, incluyendo ahora también el arrendamiento en cualquier circunstancia, así como la facultad de hipotecar, gravar o enajenar es tan genérica y absoluta, e implica una cercenación tan relevante de las facultades que integran el dominio que provoca, en beneficio de la prestamista y en perjuicio exclusivo del prestatario, un claro desequilibrio en los derechos”; es igualmente nula puesto que, entiende la Sala, el prestatario “ve limitadas las facultades fundamentales de su derecho de propiedad, que además le impide prácticamente cualquier explotación económica de la misma durante, nada más y nada menos, que casi 38 años” [Kirian Riquelme Saldivia].

Fuente: Comunicación Poder Judicial
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