Las posibilidades de un despido objetivo del art. 52.c) E.T. durante un ERE temporal. Comentario a la STS de 12 de marzo de 2014

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Autor: D. Héctor Clark Soriano, Abogado

Resumen: Un trabajador fue despedido mediante despido objetivo por causas económicas y productivas, durante la vigencia de un expediente de regulación de empleo temporal (ERTE) que afectaba también a dicho trabajador. La cuestión a debate es si una empresa a la que en el

marco de un ERTE se le ha autorizado a suspender temporalmente contratos de trabajo, puede durante tal período, por las mismas causas alegadas y sin que haya habido un cambio relevante en las circunstancias, efectuar un despido objetivo de alguno de los trabajadores afectados por la suspensión de contrato.

SUMARIO:

I. Consideraciones preliminares.

II. Evolución legislativa.

III. La suspensión del contrato de trabajo y el despido objetivo: compatibilidades e incompatibilidades.

IV. Conclusiones

Rev. boliv. de derecho nº 19, enero 2015, ISSN: 2070-8157, pp. 664-675

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