Sirva esta breve recensión para presentar el excelente Tratado de Derecho de Sucesiones, codirigido por Josefina Alventosa del Río y María Elena Cobas Cobiella, editorial Tirant Lo Blanch, Tratados, Valencia, 2017, pp. 1-1499.
En la época actual no parece necesario subrayar la importancia del Derecho de sucesiones en el ámbito jurídico y social. El Derecho de sucesiones es una parte del Derecho civil, que, como sabemos, es la espina dorsal del ordenamiento jurídico, y que regula la vida de la persona desde que nace hasta que muere.
Cuando una persona fallece, como dispone nuestro Código civil en el art. 32, se extingue la personalidad jurídica, que es como decir, que deja de ser persona a efectos jurídicos. Sin embargo, las relaciones jurídicas que no se extinguen con su muerte permanecen, aunque sin un titular que pueda gestionarlas.
Ante ello, el legislador establece una amplia regulación para dar respuesta a la diversidad de situaciones que se plantean al fallecimiento de la persona a través de la sucesión mortis causa, regulada desde el art. 657 hasta el art. 1087 del CC, que se complementa con normativa extracodicial y con la regulación que de la sucesión se realiza en los derechos civiles especiales o forales.
En esa regulación se prevé que sea el propio sujeto el que establezca lo que quiere que se haga con su patrimonio y demás relaciones jurídicas después de su fallecimiento, mediante los propios cauces que el legislador dispone, bien a través de la sucesión testada o testamentaria o bien de los pactos sucesorios (que se admiten en determinados territorios autonómicos), con las limitaciones establecidas por el propio legislador en la sucesión forzosa o legitimaria, o, ante la falta de voluntad expresa del sujeto, es el propio legislador quien suple su voluntad a través de la denominada sucesión legítima, intestada o ab intestato.
No obstante la cuidada y compleja regulación del Código civil, y, en su caso, de los Derechos civiles especiales o forales, sobre el fenómeno sucesorio, son múltiples los problemas que en nuestra realidad social se plantean y que han llegado a nuestros tribunales, entre ellos, a título meramente ejemplificativo, de interpretación de la propia voluntad del testador, de ajuste de ésta al derecho vigente o de disconformidad de los propios sucesores, de cuestiones no previstas por el propio testador, de partición, o de problemas que se plantean ante la ausencia de voluntad del fallecido.
Toda esa amalgama de cuestiones y muchísimas otras se han abordado en la obra colectiva de referencia “Derecho de sucesiones”, codirigida por las Dras. Josefina Alventosa del Río y María Elena Cobas Cobiella, Profesoras de la Universidad de Valencia, en la que han colaborado profesores de otras Universidades (singularmente de la Universidad Jaime I de Castellón, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, de la Universidad de Oriente de Cuba, y de la Universidad Autónoma de Méjico), y profesionales de distintos ámbitos jurídicos (así, notarios y registradores de los Colegio de Notarios de Valencia y Colegio de Registradores de la Propiedad de Valencia, y abogados del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia), y que fue presentada en diciembre en el Colegio de Notarios de Valencia, bajo la presidencia del Vicerrector de la Universidad de Valencia, con éxito de asistencia de público.
La obra en cuestión aborda el estudio actualizado del Derecho de sucesiones, tanto en los territorios donde se aplica el Derecho civil común como en los territorios donde se aplica el Derecho civil especial o específico de los mismos. Incorporando en el análisis de las distintas instituciones sucesorias las últimas reformas del Código civil y de la Ley de Enjuiciamiento civil, introducidas especialmente por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, y por las recientes líneas de la doctrina jurisprudencial, que han producido novedosas interpretaciones en algunas de estas instituciones, así como las opiniones doctrinales más recientes, algunas de las cuales se manifiestan muy críticas con la actual regulación de la sucesión mortis causa en nuestro derecho.
Esta obra tiene el mérito de abordar el derecho de sucesiones desde una óptica multidisciplinar, pues, además del estudio de los aspectos sustantivos de la regulación en materia de sucesiones, se abordan también los aspectos notariales, registrales, tributarios, y la normativa que la Unión Europea ha emitido sobre esta materia.
La obra se estructura en doce capítulos, con prólogo del Prof. Dr. Javier Plaza Penadés, Catedrático de Derecho civil de la Universidad de Valencia. Al comienzo de cada capítulo se ha recogido el sumario del mismo, que brindan una visión muy detallada del contenido de cada uno de ellos (recogidos, a su vez, en el índice general de la obra). Al final de cada capítulo se ha insertado la bibliografía correspondiente a cada materia, incorporando las aportaciones más recientes. Desde un punto de vista práctico, hay que destacar, por su utilidad, que la obra se clausura con una relación de voces, que facilitan la búsqueda de las diversas instituciones y figuras analizadas en la misma.
En este tratado, de manera relevante, se examinan los aspectos sustantivos del derecho de sucesiones, tanto el regulado en el Código civil como en los Derechos civiles especiales de determinados territorios, como ya se ha indicado. Dichos aspectos constituyen el núcleo primordial de la materia tratada, analizando las instituciones fundamentales que integran el derecho de sucesiones: la herencia y los sujetos de la sucesión (herederos y legatario), las fases del fenómeno sucesorio (apertura, vocación, delación y adquisición de la herencia), sucesión testada, sucesión intestada, sucesión forzosa o legitimaria, con detenido tratamiento de las muy diversas cuestiones que se plantean en cada una de ellas y con referencia al marco conceptual e histórico del Derecho de sucesiones (Capítulos I y II). Es de destacar el estudio específico que se dedica en sendos capítulos a la sucesión en la empresa familiar y en las Fundaciones, dos instituciones que han adquirido gran importancia en la sociedad actual (Capítulos V y VII).
Pero, como ya se ha señalado, al mismo tiempo, se ofrece una visión más amplia y completa abordando otros aspectos que afectan a la sucesión, y que, tradicionalmente, se han contemplado en estudios separados, cuales son los aspectos notariales, registrales y fiscales de la sucesión mortis causa, poniendo de relevancia los cuestiones que se producen en la praxis cotidiana (Capítulos III, IV y VI).
A ello hay que añadir el examen que se realiza de otros aspectos relacionados con el fenómeno sucesorio cuyo estudio siempre ha quedado postergado, y que, sin embargo, se plantean en la sociedad moderna como cuestiones sumamente actuales y, en algunos casos, controvertidas. Entre ellos merece destacarse, por un lado, el análisis que se hace de la aplicación del arbitraje y de la mediación en los conflictos sucesorios, como instrumentos de resolución de conflictos de carácter extrajudicial, que en la actualidad está teniendo muy buena acogida entre las partes y en el ámbito judicial (Capítulo IX). Por otro lado, cabe recalcar el detallado estudio que se realiza de las implicaciones de la bioética en el ámbito de la sucesión mortis causa, que incide fundamentalmente en las cuestiones personales más que en las patrimoniales, sin olvidar las consecuencias indemnizatorias que puede conllevar la vulneración de la voluntad del fallecido; en este sentido, se aborda la incidencia jurídica de los dilemas éticos que suscita la muerte en relación con la sucesión en los supuestos siguientes: en primer lugar, la declaración de voluntades anticipadas (documentos también denominados instrucciones previas, y en su día, testamentos vitales), en cuanto son documentos que recogen los deseos de la persona en relación a su salud o su cuerpo cuando ya no pueda manifestar su voluntad directamente; en segundo lugar, la aplicación de las técnicas de reproducción asistida tras el fallecimiento de la persona, en el que se analiza toda la problemática que surge en torno a la voluntad de la persona fallecida en relación a la utilización de su material biológico con finalidad de reproducción y las posibilidades que ofrece la Ley de Reproducción Humana Asistida en esta situación; y en tercer lugar, la donación de órganos de persona fallecida y los problemas que se plantean respecto a la presunción de consentimiento y a la utilización de dichos órganos (Capítulo VIII).
Por último, en la obra citada se consideran algunos aspectos internacionales y de derecho comparado del Derecho de sucesiones. Así, se examina la sucesión mortis causa en la Unión Europea, antes y después de la publicación del Reglamento (UE) Nº 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo, que examina la competencia judicial en materia de sucesiones en el espacio europeo, y realiza un especial estudio del indicado certificado sucesorio europeo (Capítulo X). Se cierra la obra con una referencia al Derecho comparado, concretamente de dos países hermanos, Cuba y Méjico, que tienen particular vinculación con la Universidad de Valencia, en las que se ofrece un panorama general del derecho de sucesiones en ambos países (Capítulos XI y XII).
Como un mérito específico de la obra referida, hay que señalar la importancia que se ha dado a la jurisprudencia en casi todos los temas tratados, en los que se recoge la jurisprudencia más tradicional y la más reciente; esta referencia a la jurisprudencia se realiza a lo largo del desarrollo de cada materia, pero también, con una referencia más precisa al final del epígrafe dedicado a cada institución, destacando las sentencias más significativas en relación a la materia tratada. Asimismo, se ha dedicado a la doctrina jurisprudencial un apartado especial, dentro del Capítulo I, para destacar algunas de las líneas jurisprudenciales más recientes del Tribunal Supremo, que han aclarado cuestiones controvertidas o han abierto nuevas vías de interpretación y aplicación del Derecho de sucesiones.
En suma, la visión del Derecho de sucesiones que ofrece esta obra, actual, moderna, completa, multidisciplinar, incorporando los cambios sociales y las nuevas tendencias jurisprudenciales y doctrinales, hacen de este tratado una verdadera obra de referencia y de cita obligada, que procura ser de utilidad a los operadores jurídicos.
José Ramón de Verda y Beamonte, Catedrático de Derecho civil de la Universidad de Valencia.
En la época actual no parece necesario subrayar la importancia del Derecho de sucesiones en el ámbito jurídico y social. El Derecho de sucesiones es una parte del Derecho civil, que, como sabemos, es la espina dorsal del ordenamiento jurídico, y que regula la vida de la persona desde que nace hasta que muere.
Cuando una persona fallece, como dispone nuestro Código civil en el art. 32, se extingue la personalidad jurídica, que es como decir, que deja de ser persona a efectos jurídicos. Sin embargo, las relaciones jurídicas que no se extinguen con su muerte permanecen, aunque sin un titular que pueda gestionarlas.
Ante ello, el legislador establece una amplia regulación para dar respuesta a la diversidad de situaciones que se plantean al fallecimiento de la persona a través de la sucesión mortis causa, regulada desde el art. 657 hasta el art. 1087 del CC, que se complementa con normativa extracodicial y con la regulación que de la sucesión se realiza en los derechos civiles especiales o forales.
En esa regulación se prevé que sea el propio sujeto el que establezca lo que quiere que se haga con su patrimonio y demás relaciones jurídicas después de su fallecimiento, mediante los propios cauces que el legislador dispone, bien a través de la sucesión testada o testamentaria o bien de los pactos sucesorios (que se admiten en determinados territorios autonómicos), con las limitaciones establecidas por el propio legislador en la sucesión forzosa o legitimaria, o, ante la falta de voluntad expresa del sujeto, es el propio legislador quien suple su voluntad a través de la denominada sucesión legítima, intestada o ab intestato.
No obstante la cuidada y compleja regulación del Código civil, y, en su caso, de los Derechos civiles especiales o forales, sobre el fenómeno sucesorio, son múltiples los problemas que en nuestra realidad social se plantean y que han llegado a nuestros tribunales, entre ellos, a título meramente ejemplificativo, de interpretación de la propia voluntad del testador, de ajuste de ésta al derecho vigente o de disconformidad de los propios sucesores, de cuestiones no previstas por el propio testador, de partición, o de problemas que se plantean ante la ausencia de voluntad del fallecido.
Toda esa amalgama de cuestiones y muchísimas otras se han abordado en la obra colectiva de referencia “Derecho de sucesiones”, codirigida por las Dras. Josefina Alventosa del Río y María Elena Cobas Cobiella, Profesoras de la Universidad de Valencia, en la que han colaborado profesores de otras Universidades (singularmente de la Universidad Jaime I de Castellón, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, de la Universidad de Oriente de Cuba, y de la Universidad Autónoma de Méjico), y profesionales de distintos ámbitos jurídicos (así, notarios y registradores de los Colegio de Notarios de Valencia y Colegio de Registradores de la Propiedad de Valencia, y abogados del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia), y que fue presentada en diciembre en el Colegio de Notarios de Valencia, bajo la presidencia del Vicerrector de la Universidad de Valencia, con éxito de asistencia de público.
La obra en cuestión aborda el estudio actualizado del Derecho de sucesiones, tanto en los territorios donde se aplica el Derecho civil común como en los territorios donde se aplica el Derecho civil especial o específico de los mismos. Incorporando en el análisis de las distintas instituciones sucesorias las últimas reformas del Código civil y de la Ley de Enjuiciamiento civil, introducidas especialmente por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, y por las recientes líneas de la doctrina jurisprudencial, que han producido novedosas interpretaciones en algunas de estas instituciones, así como las opiniones doctrinales más recientes, algunas de las cuales se manifiestan muy críticas con la actual regulación de la sucesión mortis causa en nuestro derecho.
Esta obra tiene el mérito de abordar el derecho de sucesiones desde una óptica multidisciplinar, pues, además del estudio de los aspectos sustantivos de la regulación en materia de sucesiones, se abordan también los aspectos notariales, registrales, tributarios, y la normativa que la Unión Europea ha emitido sobre esta materia.
La obra se estructura en doce capítulos, con prólogo del Prof. Dr. Javier Plaza Penadés, Catedrático de Derecho civil de la Universidad de Valencia. Al comienzo de cada capítulo se ha recogido el sumario del mismo, que brindan una visión muy detallada del contenido de cada uno de ellos (recogidos, a su vez, en el índice general de la obra). Al final de cada capítulo se ha insertado la bibliografía correspondiente a cada materia, incorporando las aportaciones más recientes. Desde un punto de vista práctico, hay que destacar, por su utilidad, que la obra se clausura con una relación de voces, que facilitan la búsqueda de las diversas instituciones y figuras analizadas en la misma.
En este tratado, de manera relevante, se examinan los aspectos sustantivos del derecho de sucesiones, tanto el regulado en el Código civil como en los Derechos civiles especiales de determinados territorios, como ya se ha indicado. Dichos aspectos constituyen el núcleo primordial de la materia tratada, analizando las instituciones fundamentales que integran el derecho de sucesiones: la herencia y los sujetos de la sucesión (herederos y legatario), las fases del fenómeno sucesorio (apertura, vocación, delación y adquisición de la herencia), sucesión testada, sucesión intestada, sucesión forzosa o legitimaria, con detenido tratamiento de las muy diversas cuestiones que se plantean en cada una de ellas y con referencia al marco conceptual e histórico del Derecho de sucesiones (Capítulos I y II). Es de destacar el estudio específico que se dedica en sendos capítulos a la sucesión en la empresa familiar y en las Fundaciones, dos instituciones que han adquirido gran importancia en la sociedad actual (Capítulos V y VII).
Pero, como ya se ha señalado, al mismo tiempo, se ofrece una visión más amplia y completa abordando otros aspectos que afectan a la sucesión, y que, tradicionalmente, se han contemplado en estudios separados, cuales son los aspectos notariales, registrales y fiscales de la sucesión mortis causa, poniendo de relevancia los cuestiones que se producen en la praxis cotidiana (Capítulos III, IV y VI).
A ello hay que añadir el examen que se realiza de otros aspectos relacionados con el fenómeno sucesorio cuyo estudio siempre ha quedado postergado, y que, sin embargo, se plantean en la sociedad moderna como cuestiones sumamente actuales y, en algunos casos, controvertidas. Entre ellos merece destacarse, por un lado, el análisis que se hace de la aplicación del arbitraje y de la mediación en los conflictos sucesorios, como instrumentos de resolución de conflictos de carácter extrajudicial, que en la actualidad está teniendo muy buena acogida entre las partes y en el ámbito judicial (Capítulo IX). Por otro lado, cabe recalcar el detallado estudio que se realiza de las implicaciones de la bioética en el ámbito de la sucesión mortis causa, que incide fundamentalmente en las cuestiones personales más que en las patrimoniales, sin olvidar las consecuencias indemnizatorias que puede conllevar la vulneración de la voluntad del fallecido; en este sentido, se aborda la incidencia jurídica de los dilemas éticos que suscita la muerte en relación con la sucesión en los supuestos siguientes: en primer lugar, la declaración de voluntades anticipadas (documentos también denominados instrucciones previas, y en su día, testamentos vitales), en cuanto son documentos que recogen los deseos de la persona en relación a su salud o su cuerpo cuando ya no pueda manifestar su voluntad directamente; en segundo lugar, la aplicación de las técnicas de reproducción asistida tras el fallecimiento de la persona, en el que se analiza toda la problemática que surge en torno a la voluntad de la persona fallecida en relación a la utilización de su material biológico con finalidad de reproducción y las posibilidades que ofrece la Ley de Reproducción Humana Asistida en esta situación; y en tercer lugar, la donación de órganos de persona fallecida y los problemas que se plantean respecto a la presunción de consentimiento y a la utilización de dichos órganos (Capítulo VIII).
Por último, en la obra citada se consideran algunos aspectos internacionales y de derecho comparado del Derecho de sucesiones. Así, se examina la sucesión mortis causa en la Unión Europea, antes y después de la publicación del Reglamento (UE) Nº 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo, que examina la competencia judicial en materia de sucesiones en el espacio europeo, y realiza un especial estudio del indicado certificado sucesorio europeo (Capítulo X). Se cierra la obra con una referencia al Derecho comparado, concretamente de dos países hermanos, Cuba y Méjico, que tienen particular vinculación con la Universidad de Valencia, en las que se ofrece un panorama general del derecho de sucesiones en ambos países (Capítulos XI y XII).
Como un mérito específico de la obra referida, hay que señalar la importancia que se ha dado a la jurisprudencia en casi todos los temas tratados, en los que se recoge la jurisprudencia más tradicional y la más reciente; esta referencia a la jurisprudencia se realiza a lo largo del desarrollo de cada materia, pero también, con una referencia más precisa al final del epígrafe dedicado a cada institución, destacando las sentencias más significativas en relación a la materia tratada. Asimismo, se ha dedicado a la doctrina jurisprudencial un apartado especial, dentro del Capítulo I, para destacar algunas de las líneas jurisprudenciales más recientes del Tribunal Supremo, que han aclarado cuestiones controvertidas o han abierto nuevas vías de interpretación y aplicación del Derecho de sucesiones.
En suma, la visión del Derecho de sucesiones que ofrece esta obra, actual, moderna, completa, multidisciplinar, incorporando los cambios sociales y las nuevas tendencias jurisprudenciales y doctrinales, hacen de este tratado una verdadera obra de referencia y de cita obligada, que procura ser de utilidad a los operadores jurídicos.
José Ramón de Verda y Beamonte, Catedrático de Derecho civil de la Universidad de Valencia.