La atribución del uso de la vivienda familiar. Aspectos registrales.

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Autor: Alejandro Mª. Bañón González, Registrador de la Propiedad de Torrevieja 3.

Resumen: Tras exponer las líneas generales de la ley que regula la atribución del uso de la vivienda familiar en la Comunidad Valenciana, se dedica este trabajo a poner en relación la atribución de dicho uso y el Registro de la Propiedad. Se examinan en concreto: el documento que se presenta a inscripción, el tipo de asiento que deberá practicar el registrador, el contenido del mismo, la posición jurídica de la persona a cuyo favor se inscribe el uso y los distintos supuestos que se pueden dar, dependiendo de cómo esté inscrita la finca y de qué actos accedan al Registro después de la inscripción del uso. A lo largo de todo el trabajo, porque tiene relación con los aspectos analizados, y de forma directa en el último capítulo, se aborda la naturaleza jurídica del uso de la vivienda familiar

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Sumario:
I. Aproximación a la regulación en la Ley 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat Valenciana, de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven.-
II. La atribución del uso de la vivienda familiar frente al Registro de la Propiedad.-
   1. Introducción.- 2. Título para inscribir.-
   3. Clases de asiento registral.-
   4. Contenido del asiento registral.-
   5. Titular registral.-
   6. Posibles supuestos en función de la titularidad inscrita de la finca.-
      A) La vivienda figura inscrita, con carácter privativo y exclusivo, a favor del cónyuge que es, además, titular del derecho de uso.-
      B) La finca figura inscrita a favor del cónyuge al que no se ha atribuido el uso de la vivienda.-
      C) La vivienda figura inscrita a nombre de terceros.-
      D) La finca figura inscrita a favor de ambos cónyuges sea en copropiedad de la vivienda para ambos, sea con carácter ganancial o común matrimonial.-
III. Efectos de la constatación registral del uso familiar en determinados supuestos.-
   1. No consta inscrito el uso concedido judicialmente de la vivienda familiar.-
   2. Consta inscrito el uso de la vivienda familiar.-
IV. La pretendida naturaleza real del uso de la vivienda familiar.

Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana, núm. 3 bis, noviembre 2015, pp. 113-144.

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