La autorregulación del comercio electrónico en Chile.

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Autor: Dr. David López Jiménez, Profesor Investigador de la Universidad Católica del Norte, Antofagasta (Chile).

Resumen: En el presente artículo se analiza, desde la perspectiva del Derecho privado, el sugerente fenómeno de la autorregulación en el ámbito del comercio electrónico. En este sentido, a tal fin, se tiene en consideración la normativa jurídica vigente en Chile. La exposición se inicia tomando como punto de partida los deberes precontractuales de información en los que la autodisciplina desempeña un notable valor. Especialmente significativa resulta la relación que esta materia ostenta con el principio de la buena fe. El núcleo del análisis se dedica, en todo caso, a la autorregulación. A este respecto, se estudian aspectos tan relevantes como los siguientes: concepto y caracteres; presupuestos que los sistemas de autodisciplina deben cumplir; la posible naturaleza jurídica que merecen; y las consecuencias derivadas de la inobservancia.

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Sumario:
I. Introducción.
II. Los deberes precontractuales de información en el ámbito del comercio electrónico: incidencia de la autorregulación.
   1. Consideraciones de carácter previo: el principio de la autonomía de la voluntad.
   2. El suministro de información como técnica de salvaguarda del consumidor: a propósito de la Ley 19.496.
      A) La regla general del art. 3 b) de la Ley 19.496.
      B) Los supuestos específicos: a propósito de los arts. 12 a) y 32 de la Ley 19.496.
      C) La buena fe como fundamento del deber precontractual de información.
III. La autorregulación del comercio electrónico.
   1. Concepto y caracteres.
   2. Presupuestos.
      A) Preceptivos.
      B) Accesorios. 3. Naturaleza jurídica.
      A) Los códigos de conducta unilaterales sobre la materia (que no se integran en sistema de autorregulación alguno).
      B) Los códigos de conducta que se integran en un sistema de autorregulación.
   4. Inobservancia de los instrumentos de buenas prácticas voluntariamente asumidos.
IV. Conclusiones.

Revista Boliviana de Derecho Nº 21, Enero 2016, pp. 174-209.

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