Las nuevas tecnologías y su impacto en los derechos al honor, intimidad, imagen y protección de datos del menor. Mecanismos jurídicos de protección: carencias, interrogantes y retos del legislador.

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Autora: Dra. Amelia Sánchez Gómez, Profesora de Derecho Civil de la UCM.

Resumen: El cambio de paradigma que han supuesto las nuevas tecnologías, ha puesto de manifiesto la necesaria protección de los derechos fundamentales afectados (honor, intimidad, imagen y protección de datos personales, especialmente, de menores). La dualidad normativa sobre la que se construyó la protección de aquéllos (LOPHII y LOPD), ha evidenciado sus carencias. El objetivo de estas líneas es plantear algunos interrogantes y retos del legislador, tomando como referencia los avances en el Derecho Comunitario (Reglamento General de Protección de Datos), así como los existentes en el ámbito jurisprudencial.

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Sumario:
I. Consideraciones previas.
II. Los mecanismos jurídicos del ordenamiento español para la protección del honor, intimidad, imagen, y datos personales. Avances jurisprudenciales. Referencia al Derecho Comunitario: El Reglamento General de Protección de Datos.
III. Algunas reflexiones sobre el derecho al honor, intimidad, imagen y protección de datos en el escenario on line.
IV. Los menores del siglo XXI ante las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC’S).
V. La desatención de la reforma de 2015 del sistema de protección de la infancia y de la adolescencia al fenómeno de los menores en el entorno virtual.
VI. Carencias de la legislación vigente, nuevos interrogantes y retos del legislador ante las TIC´S.
1. ¿Sistematización de supuestos de intromisiones ilegítimas desde el punto de vista civil?
2. Requisitos del consentimiento del menor para actuar en el entorno digital. Garantías para su revocación eficaz.
3. ¿Aplicación del artículo 9.3 de la LO de 1982 respecto a la presunción de perjuicio?
4. ¿Son aplicables los criterios del artículo 9.4 de la LO de 1982 para fijar la indemnización del daño moral?
5. Conveniencia de la responsabilidad civil del menor en el entorno on line.
6. ¿Prevalece el interés del menor en la arquitectura digital? ¿Cuál es el papel del Ministerio Fiscal al respecto?
7. ¿Derecho al olvido digital del menor en las redes sociales?
8. Hacia la concienciación y “acción común” de todos los sujetos intervinientes.
VII. A modo de conclusión.

Referencia: Rev. Boliv. de Derecho Nº 23, enero 2017, ISSN: 2070-8157, pp. 168-191

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