Comentario a la STS 29 septiembre 2014, rec. nº 1014/2013.
Autor: Dr. Fernando Hernández Guijarro, Abogado.
fdo_hernandez@yahoo.es
Resumen: La reiteración de liquidaciones tributarias cuando han sido anuladas en sede judicial es una práctica habitual de la Administración Tributaria. La jurisprudencia ha sostenido distintas posturas ante dicha situación y, el Tribunal Supremo, en unidad de doctrina, establece cuando procederá o no volver a dictar un nuevo acto administrativo de liquidación cuando haya sido anulado anteriormente por defectos de fondo, materiales o sustantivos.