Está previsto que a lo largo de 2019 se apruebe la propuesta de Reglamento sobre la transparencia y la sostenibilidad en la evaluación de riesgos de la Unión Europea en la cadena alimentaria, que comenzó a tramitarse el 11 de abril de 2018 por la Comisión Europea. Se trata de una propuesta de gran calado en materia de legislación alimentaria, que pretende garantizar una mayor transparencia en los estudios relacionados con los alimentos. Tiene previsto modificar, por primera vez, el Reglamento Marco de la seguridad alimentaria en la Unión Europea (Reglamento (CE) 178/2002) y otros ocho actos legislativos más, relativos a diferentes aspectos relacionados con la cadena alimentaria. En concreto: (1) la Directiva 2001/18/CE, sobre liberación intencional en el medio ambiente de OMG (organismos modificados genéticamente), (2) Reglamento (CE) nº 1829/2003, sobre alimentos y piensos modificados genéticamente, (3) Reglamento (CE) nº 1831/2003 , de aditivos en los piensos, (4) Reglamento (CE) nº 2065/2003, de aromas de humo (es decir, de los ahumados de los alimentos), (5) Reglamento (CE) nº 1935/2004, sobre materiales en contacto con alimentos, (6) Reglamento (CE) nº 1331/2008, sobre el procedimiento de autorización común para aditivos, enzimas y aromas alimentarios, (7) Reglamento (CE) nº 1107/2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y (8) Reglamento (UE) 2015/2283, sobre nuevos alimentos.
Así pues, el pasado 20 de febrero de 2019, la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento europeo ratificó el acuerdo alcanzado el 11 de febrero por la Presidencia del Consejo, Parlamento Europeo y la Presidencia rumana, sobre este nuevo Reglamento.
La propuesta de la Comisión trae causa en la iniciativa ciudadana europea «Prohibición del glifosato» (2017) y da respuesta a las preocupaciones expresadas en dicha iniciativa en relación con a la transparencia de los estudios científicos utilizados para la evaluación de los plaguicidas. Se trataba de una llamada a la mayor transparencia en una etapa temprana del proceso de evaluación de riesgos, sobre los estudios presentados como parte de una solicitud de autorización. También responde al proceso, finalizado en 2018, de revisión del referido Reglamento marco de la seguridad alimentaria en Europa (Reglamento (CE) 178/2002), en el que se puso en especial de manifiesto la preocupación de los ciudadanos sobre la transparencia de los estudios científicos y el proceso de evaluación de riesgos en la cadena agroalimentaria.
Los principales objetivos del futuro Reglamento son los siguientes: en primer lugar, asegurar una mayor transparencia a lo largo de todo el proceso de autorización de todos aquellos productos que requieran una evaluación de riesgos de la EFSA (Agencia Europea de Seguridad Alimentaria), previa a su autorización, como son los OMG, aditivos en los piensos, aromas de humo, materiales en contacto con alimentos, aditivos, enzimas y aromas alimentarios, productos fitosanitarios y nuevos alimentos. Así pues, los ciudadanos tendrán acceso a todos los estudios e información presentados por la industria en el proceso de evaluación de riesgos, pero, por otro lado, el acuerdo garantizará la confidencialidad, en circunstancias debidamente justificadas, al establecer el tipo de información que puede considerarse significativamente perjudicial para los intereses comerciales y que, por lo tanto, no puede ser divulgada. Además, los interesados y el público en general también serán consultados sobre los estudios presentados. En segundo lugar, aumentar la independencia de los estudios, puesto que se informará a la EFSA de todos los estudios encargados para garantizar que las empresas que soliciten autorizaciones presenten toda la información relevante y no dejen de mostrar los estudios que son contrarios a sus intereses comerciales. En tercer lugar, reforzar la gobernanza y la cooperación científica: los Estados miembros, la sociedad civil y el Parlamento Europeo participarán en la gobernanza de la EFSA a través de su debida representación en su Consejo de Administración. El Reglamento pretende así hacer frente a los problemas de sostenibilidad y gobernanza de dicha Autoridad. Además, los Estados miembros impulsarán la capacidad científica de la EFSA, a través de la contratación de los mejores expertos independientes en su trabajo. Y, por último, aportar nuevas herramientas para el desarrollo de una comunicación de riesgos integral y coherente durante todo el proceso de análisis de riesgos, facilitando el diálogo entre todas las partes interesadas.
Seguiremos muy de cerca la aprobación definitiva de esta importante propuesta.
Andrea Moya Latorre, Responsable de la Sección de Derecho Regulatorio del IDIBE. Abogada. Correo electrónico: andreamoyalatorre@gmail.com
Fuente: Eur-lex y AECOSAN (del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social)