Constitución de curatela en favor de entidad pública por existir conflictividad entre la persona con discapacidad y quien pretende asumir su guarda de hecho.

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La SAP de Alicante (Sección 6ª) de 27 de abril de 2023, rec. nº 1022/2022.
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[La sentencia reseñada consideró procedente la curatela encomendada al IVASS, constituida por la sentencia recurrida, rechazando el recurso de la mujer de la persona con discapacidad, la cual argumentaba que “era ella misma la que estaba desempeñando el papel de guardadora de hecho del demandado y era quien debía asumir su curatela”.

Frente a ello, la Audiencia afirma que es evidente que la convivencia entre los cónyuges “es insostenible”, “habiéndose producido, incluso, episodios de violencia de género”, y que en el acto de la vista la mujer “llegó a manifestar que no quería convivir con su esposo, y que, si lo hacía, debía ser a cambio de una pensión compensatoria”, manifestando, además, éste que no quería seguir conviviendo con aquélla.

Concluye que “Dicha situación permite descartar la existencia de una guarda de hecho eficaz y adecuada y determina la necesidad de designar un curador”] [J.R.V.B.].

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