El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su sentencia de 27 de febrero de 2025 (asunto C-517/23), se pronunció sobre la legalidad de ciertas prácticas promocionales realizadas por la farmacia en línea neerlandesa DocMorris NV, consistentes en ofrecer descuentos y vales de compra por la adquisición de medicamentos sujetos a prescripción médica. La cuestión fue planteada por el Bundesgerichtshof (Tribunal Supremo Federal de lo Civil y Penal, Alemania) mediante una petición de decisión prejudicial.
El Apothekerkammer Nordhrein (Colegio de Farmacéuticos de Renania del Norte, Alemania) interpuso una demanda contra DocMorris NV, alegando que las prácticas promocionales de esta última infringían la normativa alemana que prohíbe la publicidad de medicamentos sujetos a receta médica. DOCMorris, por su parte, argumentó que dichas restricciones eran incompatibles con la normativa de la Unión Europea relativa a la libre prestación de servicios y al comercio electrónico.
En cuanto a las cuestiones jurídicas planteadas, el TJUE analizó la compatibilidad de la normativa alemana con:
1. Los artículos 86.1 y 87.3, de la Directiva 2001/83/CE, que regulan la publicidad de medicamentos.
2. El art. 34 del TFUE, relativo a la libre circulación de mercancías.
3. El art. 3.2 y 3.4 a) de la Directiva 2000/31/CE sobre el comercio electrónico.
La decisión del tribunal, fue que las prácticas promocionales de DocMorris, consistentes en ofrecer descuentos y vales de compra por la adquisición de medicamentos sujetos a prescripción médica, constituyen “publicidad de medicamentos” en el sentido del art. 86.1, de la Directiva 2001/83/CE.
Dicha publicidad está prohibida por el art. 87.3 de la misma Directiva cuando se refiere a medicamentos que solo pueden dispensarse con receta médica.
La normativa alemana que prohíbe estas prácticas está justificada por razones de protección de la salud pública y de los consumidores, y es proporcionada al objetivo perseguido.
Por tanto, dicha normativa no infringe el art. 34 del TFUE ni el art. 3 de la Directiva 2000/31/CE.
A modo de conclusión, el TJUE determinó que las promociones de descuentos y vales de compra ofrecidas por DocMorris para la adquisición de medicamentos sujetos a receta médica constituyen una forma de publicidad prohibida por la Directiva 2001/83/CE.
Asimismo, consideró que la normativa alemana que prohíbe estas prácticas está justificada y es compatible con el Derecho de la Unión Europea.
Esta sentencia refuerza la interpretación restrictiva de la publicidad de medicamentos sujetos a prescripción médica y subraya la importancia de proteger la salud pública y los derechos de los consumidores en el ámbito de la comercialización de medicamentos.
Sentencia de 27 de febrero de 2025 (asunto C-517/23)
Sofía Alcalá Guillardini, estudiante de prácticas en el Instituto de Derecho Iberoamericano.