Autor: Carmen Bayod López, Catedrática de Derecho civil, Presidenta de la Comisión Aragonesa de Derecho civil. Correo electrónico: cbayod@unizar.es
RESUMEN: El presente estudio analiza la situación jurídica de la persona en Aragón, atendiendo a la reciente reforma legal en materia de discapacidad; haciendo especial referencia a la validez e invalidez de los actos jurídicos y a los principios que inspiran esta reforma.
PALABRAS CLAVE: Capacidad; persona con discapacidad; validez e invalidez de los actos jurídicos; principios.
ABSTRAC: This study analyses the legal situation of persons in Aragon, taking into account the recent legal reform on disability; making special reference to the validity and invalidity of legal acts and the principles that inspire this reform.
KEY WORD: Capacity; disabled person; validity and invalidity of legal acts; principles.
SUMARIO: I. LA SITUACIÓN JURÍDICA DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD.-
1. Capacidad jurídica igual para todas las personas.-
A) La premisa de la que hay que partir: La dignidad de la persona.-
B) La supresión del procedimiento de incapacitación.-
a) El fundamento: arts. 3-1 y 3-2 CDFA.-
b) Momento de aplicación: Eficacia inmediata y efectos retroactivo: DDT Primera y Segunda de la Ley 3/2024.-
C) Supresión de la autoridad familiar prorrogada o rehabilitada.-
a) Argumentos a favor y en contra.-
b) Derecho transitorio: ¿Cuál es la situación de los padres con autoridad de guarda prorrogada o rehabilitada a la entrada en vigor de la ley?.-
D) La familia un apoyo fundamental.-
2. La personas con discapacidad: ¿a quién y dónde se aplica esta normativa?-
A) Personas mayores de edad o emancipadas.-
B) Los menores de edad con discapacidad: el menor mayor de 14 años no emancipado.-
C) Vecindad y domicilio.-
3. Capacidad jurídica y medidas de apoyo.-
A) La regla: igual capacidad y ejercicio diverso (por sí sola o con apoyos).-
B) Capacidad jurídica y medidas de apoyo: función y principios.- a) Funciones de las medidas de apoyo: ¿en qué consisten?-
b) Los principios: voluntad, preferencias y el mejor interés de la persona con discapacidad.-
4. Ejercicio de la capacidad jurídica: validez e invalidez de los actos y contratos.-
A) El punto de partida: Presunción de aptitud para el ejercicio de la capacidad jurídica.-
B) La validez de los actos jurídicos.-
C) La invalidez de los actos de la persona sin aptitud para realizarlos.-
a) Consideraciones generales.-
b) La regla general: falta de aptitud y medidas de apoyo.-
c) La invalidez por falta de apoyo o defectos en su prestación: arts. 45-1 y 45-2 CDFA.-
D) Régimen jurídico de la invalidez: la anulabilidad como regla.-
a) La necesidad de esta norma dentro del sistema.-
b) El Régimen de la anulación: art. 45-4 CDFA.-
E) Excepciones a la anulación.- a) Con carácter general: el art. 45-3 CDFA.-
b) Excepción a la anulabilidad del pago: art. 45-5 CDFA.-
5. Rescisión por la obtención de una ventaja injusta.-
A) Algunas cuestiones previas.-
B) La rescisión en caso de ventaja injusta: fundamento y efectos.-
C) Regulación: el art. 45-6 CDFA.-
3. La acción para pedir la rescisión caducará a los cuatro años desde la celebración del contrato”.-
a) El supuesto de hecho: la objeción de una ventaja injusta.-
b) Legitimación. –
c) Plazo.-
II. LOS PRINCIPIOS QUE INSPIRAN LA REFORMA.-
1. Autonomía de la voluntad, seguridad jurídica, buena fe y lealtad en las actuaciones: El justo equilibrio.-
A) Autonomía de la voluntad.-
B) Seguridad del tráfico jurídico.-
C) Lealtad en las actuaciones con relevancia jurídica.-
D) Intervención mínima.-
E) Algunas cuestiones más.-
a) Junta de Parientes. Relevancia de la familia.-
b) Compatibilidad de medidas: cada una en su lugar.-
c) Los principios tradicionales y la regla de tres.-
III. LAS MEDIDAS DE APOYO. PRINCICPIOS, FUNCIONES Y RELACIONES ENTRE ELLAS.-
1. Medidas de apoyo.-
A) Regulación sistemática.-
B) Enumeración y funciones.-
a) El art. 101 CDFA: Medidas de apoyo a las personas con discapacidad.-
b) Funciones de las medidas de apoyo.-
2. Relaciones entre las diversas medidas de apoyo.-
3. No son medidas de apoyo.-
A) Apoyos espontáneos e informales.-
B) Poderes preventivos sin mandato.-
IV. DERECHO TRANSITORIO.-
1. Consideraciones generales.-
A) Finalidad de la regulación.-
B) Principios.
Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº 22, enero 2025, ISSN: 2386-4567, pp. 58-103.
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