Atribución voluntaria de ganancialidad y derecho de reembolso del cónyuge que aportó dinero privativo para la adquisición: aunque el art. 1355 CC no lo menciona expresamente, los cónyuges también pueden atribuir carácter ganancial en su totalidad a bienes adquiridos mediante precio en parte ganancial y en parte privativo. Prueba de que parte del dinero empleado en la compra de la vivienda familiar, a la que también se había atribuido carácter ganancial, tenía carácter privativo, procediendo de la venta de dos pisos del marido: el precio de uno de ellos se había ingresado en una cuenta privativa de aquél, contra la cual giró un cheque para pagar parte del precio de la vivienda familiar.

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STS (Sala 1ª) de 6 de marzo de 2023, rec. nº 6147/2020.
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“(…) parte del precio abonado en su adquisición procedía de la venta de un terreno de la exclusiva propiedad del Sr. Hilario (…) importe que fue entregado el mismo día de la venta a través de un cheque bancario de una cuenta de su exclusiva titularidad” (F.D. 1º).

“(…) La vivienda por tanto es ganancial por aplicación del art. 1355 CC, aunque para su adquisición se empleara dinero en parte ganancial y en parte privativo” (F.D.3º) [J.R.V.B].

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