STS (Sala 1ª) de 17 de abril de 2023, rec. nº 1333/2019.
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La STS 17 abril 2023 reitera que “las normas orientativas de los honorarios profesionales fijados por los colegios de abogados no tienen carácter vinculante, si bien pueden ser una expresión de los usos profesionales observados”.
Sin embargo, no aplicó las normas orientativas, porque las actuaciones del abogado no habían sido contenciosas, sin que se llegara a la formalización judicial del proceso, puesto que “las diferencias entre las partes se solventaron mediante acuerdos extrajudiciales”, aplicando, en cambio, un “criterio de equidad y prudencia”, con arreglo al cual cuantificó los honorarios en 6000 euros (se reclamaban 18.000 euros) [J.R.V.B.].