STS (Sala 3ª) de 20 de julio de 2020, rec. nº. 6680/2018.
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[Indebida anulación de la resolución de la Delegación del Gobierno, que confirmó en alzada la extinción de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE decretada por la Jefa de la Oficina de Extranjería. Si bien dicha extinción no ha sido decretada inicialmente por los Delegados del Gobierno en las CC.AA. uniprovinciales y los Subdelegados del Gobierno en las provincias, su confirmación posterior en alzada por el Delegado o Subdelegado del Gobierno, convalida el vicio inicial de anulabilidad por incompetencia funcional o jerárquica. Conformidad a Derecho de la extinción de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE, por desaparición de las condiciones que justificaron su concesión. El mantenimiento de la pareja de hecho registrada no alcanzó los tres años requeridos] [A.O.G.].