La contraprestación en forma de datos personales: el nuevo paradigma en la era digital.

0
2

Autor: Álvaro Bueno Biot, Profesor Ayudante Doctor de Derecho Civil en la Universidad de Valencia. Doctor en Derecho por las Universidades de Valencia y de Bolonia. Correo electrónico: alvaro.bueno@uv.es

RESUMEN: El presente trabajo examina la función de los datos personales como contraprestación en el mercado digital. En concreto, defiende su uso como contraprestación en los contratos de suministro de contenidos y servicios digitales y analiza el consentimiento como base legítima para el tratamiento de los mismos. También se abordan las distintas bases jurídicas que pueden legitimar su tratamiento, especialmente, cuando son utilizados con fines comerciales, así como los distintos problemas que se derivan de la interacción entre la normativa de protección de datos y la normativa de consumo.

PALABRAS CLAVE: Datos personales; contraprestación; contenidos y servicios digitales; mercado digital; Directiva 2019/770; TRLGDCU; consumidores y usuarios.

ABSTRACT: This paper examines the role of personal data as consideration in the digital market. In particular, the paper defends the use of personal data as consideration in contracts for the supply of digital content and digital services, and analyses consent as a legitimate basis for the processing of personal data. The paper also addresses the different legal bases that can legitimise such processing, especially when personal data are used for commercial purposes, as well as the different problems arising from the interaction between data protection and consumer law.

KEYWORDS: Personal data; consideration; digital content and digital services; digital market; Directive 2019/770; TRLGDCU; consumers and users.

SUMARIO:
I. CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LA IMPORTANCIA DE LOS DATOS PERSONALES DEL CONSUMIDOR EN EL MERCADO DIGITAL.-
II. EN DEFENSA DEL RECONOCIMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES COMO CONTRAPRESTACIÓN.-
III. MARCO JURÍDICO DE LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES EN EL ÁMBITO DE LOS CONTENIDOS Y SERVICIOS DIGITALES.-
1. Sobre el alcance del derecho a la protección de los datos personales.-
2. Normativa aplicable a la protección de los datos personales.-
IV. EL CONSENTIMIENTO COMO BASE LEGÍTIMA PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.-
V. LOS REQUISITOS PARA OBTENER UN CONSENTIMIENTO VÁLIDO.-
1. Consentimiento libre .-
2. Consentimiento específico.-
3. Consentimiento informado.- 4. Consentimiento inequívoco.-
VI. ¿CUÁNDO Y CÓMO SE TIENEN QUE CEDER LOS DATOS PERSONALES POR PARTE DEL CONSUMIDOR?.-
VII. SUPUESTOS EN QUE LOS DATOS PERSONALES NO CONSTITUYEN LA CONTRAPRESTACIÓN DEL CONTRATO.-
VIII. LAS BASES JURÍDICAS QUE PUEDEN LEGITIMAR EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES CUANDO ESTOS SE UTILIZAN PARA FINES COMERCIALES.-
1. Tratamiento basado en la necesidad para la ejecución del contrato ex art. 6.1, letra b) RGPD.-
2. Tratamiento basado en el interés legítimo ex art. 6.1, letra f) RGPD.-
3. Consentimiento del consumidor ex art. 6.1, letra a) RGPD.-
IX. PROBLEMAS JURÍDICOS QUE SE PLANTEAN EN RELACIÓN CON EL RGPD.-
1. La contradicción entre la obligación de ceder los datos personales como contraprestación y el derecho a revocar el consentimiento.-
2. La incidencia en el contrato de un consentimiento inválido al tratamiento de datos personales.-
3. Sobre las limitaciones previstas en los arts. 7.4 RGPD y 6.3 LOPDGDD.

Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº 22, enero 2025, ISSN: 2386-4567, pp. 1122-1185.

Revista indexada en SCOPUS (Q3), CIRC (“B”), ANVUR (clase “A”), RRDe (Q1), IDR (C3), LATINDEX y MIAR.

print

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here