La provincia como institución local supramunicipal en España.

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Autora: Vicenta Tasa Fuster (España). Profesora de Derecho Constitucional de la Universitat de València y de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC). Correo electrónico: vicenta.tasa@uv.es

Resumen: Las provincias como instituciones supramunicipales nacen con la organización centralista de la monarquía española en el siglo XIX. Un siglo y medio después, la creación del estado autonómico con la Constitución de 1978 podía haber abierto la posibilidad de que la organización supramunicipal fuera competencia exclusiva de las comunidades autónomas en todos los casos; sin embargo, dio lugar a cuatro modelos diferentes y dificultó innecesariamente el establecimiento de sistemas de organización institucional del territorio alternativos.

Sumario:
I. Introducción.
II. La incorporación de las provincias al ordenamiento jurídico territorial español.
III. Las provincias en la Constitución de 1978.
IV. Las provincias sin diputaciones provinciales.
V. La provincia como entidad local y las diputaciones provinciales en la legislación básica de régimen local.
VI. La difícil coexistencia de la provincia con otras entidades locales supramunicipales.
VII. Las relaciones entre las comunidades autónomas y las diputaciones provinciales.
VII. Consideraciones finales.

Referencia: Rev. Boliv. de Derecho Nº 27, enero 2019, ISSN: 2070-8157, pp. 324-351

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