Autor: Dr. Pablo Girgado Perandones, Profesor Titular de Derecho Mercantil, Universidad Rovira i Virgili (Tarragona)
Correo electrónico: pablo.girgado@urv.cat
Resumen: La nueva LOSSEAR atiende de una manera más amplia que en anteriores ocasiones al fenómeno de los grupos de entidades de seguros. Este mayor detalle se refleja en un título específico dentro de la ley dedicado a alguno de sus aspectos más destacados en la supervisión por la DGSFP.
Sumario:
I. Cuestiones generales.
II. Presupuestos de la supervisión en los grupos.
1. Delimitación de conceptos.
A) La noción de control.
B) La noción de grupo.
2. El caso específico de los grupos mutuales.
A) Regulación en la LOSSEAR
B) Requisitos de los grupos mutuales.
C) Contenido del acuerdo.
3. Grupos sujetos a supervisión.
A) Supuestos.
B) Ámbito de aplicación.
C) Ejercicio de la supervisión.
IV. Situación financiera del grupo.
V. Supervisión del grupo cuando la matriz está domiciliada fuera de la Unión Europea.
Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana, ISSN 2386-4567, IDIBE, núm. 6, febrero 2017, págs. 110-133.