Primera sentencia del Tribunal Supremo sobre medidas de apoyo pronunciada después de la publicación de la ley 8/2021. Comentario a la STS 589/2021, de 8 de septiembre

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Autora: Josefina Alventosa del Río (España): Profesora Titular de Derecho civil en la Universitat de València. Premio Extraordinario de Licenciatura, de la Fundación Cañada-Blanch, y de la Fundación “Fondo para la Investigación Económica y Social”. Ha coordinado y participado en diversos proyectos e intervenido en congresos y jornadas nacionales e internacionales. Es miembro del Consejo de Redacción de varias Revistas científicas y de distintas asociaciones; así como miembro de diversos grupos de expertos de los Ministerios de Trabajo, de Sanidad y de Igualdad, realizando labores de asesoramiento a instituciones privadas y públicas, así como diferentes programas de formación destinados a operadores jurídicos. Es autora de dos monografías, y de numerosas publicaciones en diversas revistas científicas, nacionales e internacionales, de reconocido prestigio.

Resumen: Recién entrada en vigor el 3 de septiembre de 2021 en España la Ley 8/2021 sobre discapacidad, se publica la STS 8 septiembre 2021, que aborda un caso cuyos hechos se produjeron antes de la entrada en vigor, e incluso antes de la publicación de dicha Ley.

El TS se ha pronunciado sobre la aplicación de la Ley al caso en base a la DT 6ª de la misma, sobre los nuevos principios instaurados en dicha regulación, sobre la necesidad de aplicar las medidas de apoyo, en particular la curatela, y sobre el alcance de la negativa del afectado a que se le establezcan dichas medidas.

Palabras clave: persona con discapacidad; medidas de apoyo; curatela; negativa del discapacitado; disposiciones transitorias.

Abstract: The Law 8/2021 on disability recently entered into force on September 3, 2021 in Spain, the STS is published September 8, 2021, which addresses a case whose events occurred before the entry into force, and even before the publication of said Law. The Supreme Court has ruled on the application of the Law to the case based on DT 6 of the same, on the new principles established in said regulation, on the need to apply support measures, in particular the curatorship, and on the scope of the affected party’s refusal to establish said measures.

Key words: person with a disability; support measures; guardianship; refusal of the disabled person; transitory provisions.

Sumario:
Supuesto de hecho
Doctrina jurisprudencial
Comentario
I. La ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Breve referencia
II. Aplicación de las disposiciones transitorias de la ley 8/2021 a las situaciones de discapacidad
III. Referencia a la curatela como modo de apoyo en la ley 8/2021
IV. Cuestiones planteadas en la STS 8 septiembre 2021
1. Referencia a los principios que rigen la regulación sobre la situación de las personas con discapacidad
2. Aplicación al caso de la Disposición transitoria sexta de la Ley 8/2021
3. El establecimiento de medidas de apoyo y la constitución de la curatela
4. Alcance de la voluntad de la persona afectada en contra de las medidas de apoyo

Referencia: Rev. Boliv. de Derecho Nº 33, enero 2022, ISSN: 2070-8157, pp. 778-799

Revista indexada en LATINDEX, ESCI (ISI-Thomson Reuters), CIRC, ANVUR, REDIB, MIAR.

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