Argentina y su responsabilidad internacional por la desaparición forzada de Iván Eladio Torres Millacura.

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Sentencia Corte IDH, de 23 de junio de 2015, Caso Torres Millacura y otros Vs. Argentina.

Fuente: web de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Supuesto de hecho:

Los hechos del presente caso se iniciaron cuando el señor Iván Eladio Torres Millacura, de 26 años de edad, fue detenido por un patrullero, del cual se bajaron tres agentes policiales. Posteriormente fue llevado a la Comisaría Seccional Primera. Esa fue la última vez que se tuvo conocimiento de su paredero. Antes de esta detención, el señor Torres Millacura ya habría sido detenido por agentes policiales, golpeado y amenazado.

Los familiares del señor Torres Millacura presentaron una serie de recursos para investigar los hechos y sancionar a los responsables. Sin embargo, éstos no tuvieron mayores resultados.

Derechos cuestionados:

Artículo 1 (Obligación de respetar los derechos.), Artículo 19 (Derecho de niño), Artículo 2 (Deber de adoptar disposiciones de derecho interno), Artículo 25 (Protección Judicial), Artículo 26 (Desarrollo progresivo), Artículo 3 (Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica), Artículo 4 (Derecho a la vida), Artículo 5 (Derecho a la Integridad Personal), Artículo 7 (Derecho a la libertad personal), Artículo 8 (Garantías Judiciales).

Fallo:

“1. Desestimar la solicitud de medidas provisionales a favor de María Leontina Millacura Llaipén, su familia y la Asociación Civil “Grupo Pro Derecho de los Niños”.

2. Requerir a la Secretaría de la Corte que notifique la presente Resolución al Estado de Argentina, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a la señora Millacura Llaipén.”

La resolución contiene el voto particular del Juez Eduardo Vio Grossi [R.A.I.]

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