Anulado el nombramiento de los secretarios que componían la Mesa del Parlamento de Andalucía por el Tribunal Constitucional.

0
48

Noticias Legales

La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha admitido el recurso de amparo presentado por una diputada del grupo popular del Parlamento andaluz, contra la decisión del presidente de la cámara autonómica, de 16 de abril de 2015, por la cual la demandante quedaba fuera de la Mesa, vulnerando lo preceptuado por los artículos 33 y 34 de dicho órgano. El TC, sin embargo, recuerda que su función de control constitucional en el caso de amparo parlamentario, está limitado únicamente a aquellos casos en los cuales la vulneración afecte a las funciones representativas de los diputados (que posean una relevancia constitucional), y supongan “una limitación al ejercicio de aquellos derechos o atribuciones que integran el estatuto constitucionalmente relevante del representante público”.

La Sala, ya entrando en el fondo del asunto, señala que la decisión del presidente, amparada en una interpretación del artículo 36 del citado reglamento, “priva injustificadamente a la diputada recurrente de su derecho a formar parte como secretaria de la Mesa del Parlamento de Andalucía (…) impidiéndole ejercer las funciones inherentes al cargo que le habría correspondido ocupar (…) por haber obtenido mayor número de votos que los candidatos propuestos por los grupos de C’s y de IU”, afectando al “núcleo esencial de la función representativa parlamentaria”.

No obstante, y de cara a mantener la seguridad jurídica, el TC advierte que la integración de la diputada recurrente no afectará a las decisiones tomadas por la Mesa desde su composición hasta la publicación de la resolución en el BOE [Kirian Riquelme Saldivia].

Fuente:
Nota Informativa del TC.
Acceder a la Sentencia

print

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here