Condenada Caixabank a una multa de 5.258,82 euros por un comportamiento contrario al principio de buena fe, al negarse a devolver

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El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Aoiz ha dictado un fallo por el que impone una multa de 5.258,82 euros a Caixabank por un abuso de derecho, lo que supone un comportamiento contrario al principio de buena fe, al negarse a la devolución a una clienta de cantidades vinculadas a intereses de demora y comisiones y gastos contractuales, siendo anuladas estas cláusulas por el juez.

Esta sentencia haya su raíz en un procedimiento interpuesto por Caixabank el 1 de febrero de este año, contra la clienta antes mencionada a la que reclamaba 15.776,47 euros, y si bien es cierto que la demandada no se mostraba de acuerdo con la suma adeudada ni con las cláusulas y contratos que había suscrito en su momento, abonó a la entidad 16.500 euros.

En dicho procedimiento el juez declaró anuladas las cláusulas abusivas – mencionadas anteriormente y vinculadas a los intereses de demora y comisiones -, requiriéndose al banco que liquidase la deuda deduciendo del monto original las cantidades pertenecientes a las cláusulas declaradas nulas y se procediese a la devolución de monto sobrante, algo que no sucedió pese a que la entidad fue advertida de ser sancionada de no cumplir con el imperativo. En palabras del juez, “esta conducta por parte de una entidad de crédito sobre un consumidor, recordemos parte débil en el proceso contractual bancario, constituye un abuso manifiesto de Derecho” y “un comportamiento que conculca palmariamente las exigencias de la buena fe procesal”.

Para fijar la multa, el juez ha tenido en cuenta que el litigio asciende a una cuantía de 15.776,47 euros; como consecuencia de ello, la cuantía de la sanción debe fluctuar entre los 180 euros y los 5.258,82 como máximo. Con esta base, y teniendo en cuenta que Caixabank es una entidad bancaria potente a nivel internacional, y la demandada una consumidora a quien se le han aplicado cláusulas abusivas, el juez no puede más que considerar que el comportamiento de Caixabank “es de una entidad verdaderamente grave y merece una sanción en su más dura expresión”.

Kirian Riquelme Saldivia, Graduado en Derecho, colaborador del IDIBE.

Fuente: Comunicación Poder Judicial
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