La Audiencia Nacional absuelve del delito de depósito y tenencia de armas a un hombre que publicaba vídeos en internet simulando atentados contra altas personalidades.

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La Audiencia Nacional ha absuelto a S.S.R, por la simulación en vídeos publicados en Internet atentados contra altas personalidades, de los delitos de depósito de armas y municiones de guerra y de tenencia de armas de fuego, de los que le acusaba la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que pedía para él una condena de nueve años de cárcel.

La sentencia de la Sección Primera de la Sala Penal considera probado que el acusado efectuó la publicación en Internet de una manera pública y abierta diversos vídeos en los que simulaba atentados contra El Rey Juan Carlos I, el Rey Felipe VI, contra la Princesa de Asturias, el presidente del Gobierno y otras personalidades cuando concurrían a actos públicos.

Los vídeos estaban editados de una manera profesional, por artistas entre los que figuraba el acusado. Estos exponían de una manera convincente la posibilidad de atentar contra altas personalidades, “de tal forma que inducían a pensar que dichos actos son fáciles de llevar a cabo, pero sin que se haya acreditado que el acusado tenía la intención de llevar a cabo tales actos, alegando que lo hacía con la intención de denunciar los supuestos fallos de seguridad».

“Esta actividad la desarrollaba con tal intención”, sin ánimo de cometer el delito de atentado, insiste la Sala, que relata que incluso se había fabricado un muñeco con su figura, al que había llamado “Santiman”.

Los magistrados han analizado los vídeos colgados por el acusado en la Red, especialmente uno titulado “El día que pude asesinar al Rey”, en el que aparecen un montaje con imágenes del día de la Fiesta Nacional, el 12 de octubre de 2012, desde la ventana de un hotel que daba a la plaza de Neptuno en el que aparecía como un francotirador diciendo de modo repetitivo que ante la falta de seguridad podría haber atentado contra el Rey Juan Carlos. El acusado ha grabado vídeos similares con motivo de la Coronación de Felipe VI, el 19 de junio de 2014, o contra el presidente del Gobierno cuando abandonaba el Congreso de los Diputados.

La sentencia detalla las armas que han sido incautadas al acusado y señala que “no se ha acreditado que el procesado tuviera un número superior al permitido, estando inutilizadas todas ellas, a excepción de un rifle Samopal, que tenía bajo licencia”, puesto que era titular de permisos de los tipos D, E y F, si bien tenía el cañón inutilizado y era inoperante e inservible. Por consiguiente, la Sala ha considerado que no han quedado acreditados los delitos de depósito de armas y municiones de guerra y de armas y municiones de armas de fuego, así como el delito de tenencia de armas de fuego sin licencia ni permiso por los que fue juzgado [José Manuel Marco Salvador].

Fuente: Comunicación Poder Judicial.
Acceder a la Comunicación y a la Sentencia

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