Noticias del CGPJ: La Audiencia Provincial de Alicante confirma las penas de multas económicas por los daños de 507 euros causados al usar una torre del siglo XVI para realizar unas pintadas

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La sección tres de la Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado el recurso de apelación de tres de los cuatro grafiteros que fueron condenados por el Juzgado de lo Penal de Alicante a abonar unas multas de 1.080 euros por los desperfectos causados a la Torre Conde, una antigua torre de vigilancia contra las intrusiones por mar que fue construida en el siglo XVI en la huerta de Alicante y que está declarada Bien de Interés Cultural Valenciano.

La discusión y principal alegación del recurso, fue la validez que se otorgaba a los informes de los peritos y agentes encargados de determinar la autoría de una las pintadas, a la que se adhirieron los demás, pero ha sido rechazado por el tribunal, puesto que “se trata de peritos especializados en la actividad de los grafiteros, dado que la misma causa no pocos perjuicios a múltiples personas. La razón de ciencia de su pericia está perfectamente explicada en sus informes, y lo ha sido también en el acto del juicio, por lo que nos remitimos a lo expuesto en dichos informes y en las declaraciones de sus firmantes, que han sido convenientemente sometidas a contradicción.”. La magistrada además añade “Las adhesiones al recurso de D. Carlos José por parte de D. Luis María y D. Luis Enrique entendemos que carecen de sentido (…), el recurso de D. Carlos José se refiere únicamente a la autoría por parte del mismo de los hechos denunciados, y no a la participación del resto de los imputados, y en segundo lugar los apelantes adheridos han reconocido haber ido a pintar cada uno de ellos individualmente a la Torre Conde.”

Maria Segovia Barreiro, estudiante de Derecho y colaboradora de IDIBE.

Fuente: Comunicación Poder Judicial

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