Reglamento del Banco central Europeo relativo al Ejercicio de las Opciones y Facultades que ofrece el Derecho de la Unión.

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Reglamento emitido por el consejo de Gobierno del Banco Central Europeo (BCE), atendidos diversos reglamentos de la Unión, y que tiene por objeto especificar alguna de las facultades y opciones, otorgadas por el derecho de la Unión, que puede ejercer el BCE. En este sentido “el BCE es la autoridad competente en los Estados miembros participantes con arreglo a lo establecido en el Derecho aplicable de la Unión a efectos de desempeñar sus tareas microprudenciales en el Mecanismo Único de Supervisión (MUS) conforme al reglamento (UE) núm. 1024/2013 con respecto a las entidades de crédito clasificadas como significativas de conformidad con el artículo 6, apartado 4, de dicho reglamento, y la parte IV y el artículo 147, apartado 1, del reglamento (UE) núm. 468/2014 del Banco central Europeo (BCE/2014/17). Por consiguiente, asume las competencias y obligaciones otorgadas a las autoridades competentes conforme al derecho aplicable de la Unión y, en particular, está facultado para ejercer las opciones y facultades que ofrece el Derecho de la Unión” [Kirian Riquelme Saldivia].

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