El Tribunal Supremo niega la posibilidad de que la Agencia Tributaria solicite los datos de todos los abogados.

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El Consejo General de la Abogacía planteó un recurso contra el control tributario global, que ha sido estimado.

El Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto contra un Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, que permitía a Hacienda disponer de los datos relativos a la “identificación, referente a 2014,2015 y 2016, de cada Abogado y Procurador que hubiese intervenido en procesos judiciales en cualesquiera de los Juzgados y Tribunales con sede en cualquier parte del territorio nacional, con datos como fechas de inicio de su intervención en el procedimiento, importe en litigio”. Además, también solicitó la identificación del cliente, cosa que no aprobó el CGPJ.

Así, la Sala Tercera ha considerado que el acuerdo iba contra Derecho, por estar dirigido a todo el conjunto de abogados. Así, dice que el Tribunal que, para aprobar este control, deberán existir individualmente en cada uno de los investigados “signos externos de riqueza en los casos en los que dichos signos no resulten acordes con su historial de declaraciones de renta o patrimonio preexistentes mediante el uso combinado de las múltiples informaciones que existen en la actualidad a disposición de la Administración Tributaria”.

María Hernández Giménez, estudiante en prácticas en IDIBE.

Fuente: Comunicación Poder Judicial.
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